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Sindicato Nacional de Trabajadores del Sistema Agroalimentario

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Audiencia de servicios públicos

Acusaciones a Emgesa - Endesa

 Acusación  No 1 Acusamos a la empresa EMGESA, filial de la transnacional ENDESA por la violación de Derechos Laborales en contra de sus trabajadores.  Caso presentado por Sintraelecol.  Persecución laboral – Reducción de Puestos de Trabajo - Tercerización
 
Las políticas de empleo en Endesa Después de la adquisición de Codensa y Emgesa por Endesa y Enersis en 1997, se llevó a cabo una reestructuración exhaustiva de las operaciones de dichas empresas y específicamente de su planta de personal.  Según directivos sindicales, entre los años 1998- 2000, se eliminaron 2.900 puestos de trabajo a través de despidos masivos y retiros voluntarios, así flexibilizando su fuerza laboral con el desvinculo de un numero contundente de trabajadores sindicalizados con contractos laborales a termino indefinido.  Después de la reestructuración, las funciones de los trabajadores desligados fueron asumidos por trabajadores contratados no directamente por Codensa y Emgesa sino por empresas proveedoras de servicios (contratistas), a salarios muy inferiores de que lo que devengaban los trabajadores directos, significando una rebaja considerable en los gastos laborales de las filiales colombianas de Endesa. 
 
Hoy en día, la planta de personal de Codensa está compuesta por 944 trabajadores directos y 5785 trabajadores subcontratados a través de empresas contratistas y Cooperativas de Trabajo Asociado (CTA) – una proporción de 6 trabajadores subcontratados por cada trabajador con contrato directo con la empresa.  Además, 84 estudiantes laboran en la empresa bajo contratos de aprendizaje, así que el plantilla total suma a 6813 trabajadores.  De los trabajadores directos, 350 (37% del personal directo y 6% del personal total) son miembros de la seccional Bogota-Cundinamarca del Sindicato de Trabajadores de la Electricidad de Colombia (Sintraelecol), un sindicato nacional por rama de industria afiliado a la Central Unitaria de Trabajadores (CUT) y a la Federación Internacional de Trabajadores de la Química, Energía, Minería, e Industrias Diversas (ICEM).  La planta de personal de Emgesa actualmente está integrada por 341 trabajadores directos, 80 trabajadores subcontratados, y 24 estudiantes contratos de aprendizaje, por una plantilla total que equivale a 445 empleados.  239 trabajadores directos de Emgesa (70% del personal directo y 54% del personal total) son miembros de Sintraelecol.  La CHB tiene una planta de personal de 25 trabajadores directos, de los cuales ninguno pertenece a un sindicato.  En las tres filiales de Endesa, 74% del personal directo, equivalente a 969 empleados, es masculino, y 26% es femenino, correspondiente a 341 empleadas.  Las políticas de libertad sindical y negociación colectiva en Endesa
La presencia sindical en las empresas de Endesa en Colombia data del periodo antes de la privatización y escisión de la EEB en el año 1997, es decir que Endesa “heredó” la presencia de Sintraelecol cuando adquirió el control accionario de esa compañía.  Inicialmente las relaciones entre Sintraelecol y Endesa fueron muy conflictivas, porque el sindicato rechazó las pretensiones de la empresa a despedir la mayoría de la fuerza laboral de la antigua EEB a través de una reestructuración exhaustiva.  El sindicato realizaba una serie de acciones políticas y jurídicas entre los años 1998 – 2001 para paralizar la ola de despidos, llevando a cabo mítines y protestas e interponiendo tutelas y demandas laborales ordinarias.  En aquella época, los gerentes de Codensa y Emgesa no tenía ninguna voluntad política para concertar el proceso de reestructuración con Sintraelecol, y su actitud frente a las acciones del sindicato era antagonista.  No coincidencialmente, la mayoría de las violaciones a los derechos a la vida, libertad e integridad personal de los trabajadores sindicalizados de las filiales colombianas de Endesa fue cometida durante ese periodo.  Según el Banco de Datos de Derechos Humanos de la ENS, entre los años 1997 – 2006, se ocurrieron ocho violaciones a los derechos humanos fundamentales de los trabajadores sindicalizados de Endesa, con cinco de dichas violaciones cometidas durante el periodo de reestructuración de la empresa.  En total, cuatro sindicalistas han sufrido amenazas de muerte, tres han padecido atentados de homicidio, y uno fue asesinado en el municipio de Fusagasuga en el año 2001. 
 En el año 2000, las demandas y tutelas interpuestas por Sintraelecol empezaron a mostrar resultados positivos, con más de 40 trabajadores reintegrados a través de fallos judiciales después de su despido ilegal.  Según dirigentes de Sintraelecol, este hecho, agregado a la terminación del proceso de reestructuración, marcó un hito en las relaciones entre el sindicato y las empresas, que empezaron a estar caracterizadas por el dialogo y respeto mutuo en vez de por la agresión y el conflicto.  Los dirigentes sindicales señalan que en general, los gerentes de Codensa y Emgesa respetan los derechos sindicales de los trabajadores directos, y no interfieren indebidamente en el funcionamiento de la organización sindical.  No obstante, los sindicalistas constatan que a veces encuentran obstáculos en conseguir acceso a los sitios de trabajo para hablar con los afiliados y que hay desacuerdos en la interpretación de algunos puntos en las convenciones colectivas.  Pero indudablemente, las violaciones mas graves a los derechos sindicales por las filiales colombianas de Endesa ocurren con los trabajadores tercerizados, quienes son inhibidos por la ley y en la realidad de afiliar a una organización sindical debido a su forma precaria de contratación, su desconocimiento de los derechos laborales y su miedo a perder sus empleos.   Como ejemplo de esta practica anti-sindical, un grupo de trabajadores tercerizados que prestaban servicios de transporte para Codensa intentaban unirse a Sintraelecol en el año 2002, y cuando la empresa contratista se daba cuenta, los despidió inmediatamente.  Desde que ocurrió este suceso, no ha habido más acercamientos entre los trabajadores subcontratados y el sindicato.En cuanto a la negociación colectiva entre Endesa y Sintraelecol, desde el año 1991, el sindicato ha presentado pliegos de peticiones únicos al Ministerio de Minas y Energía, con cláusulas locales negociadas por las seccionales, en el intento de estimular la negociación colectiva por rama de actividad económica.  Las dos convenciones colectivas actualmente vigente para los trabajadores de Codensa y Emgesa incorporan las decisiones centrales del Acuerdo Marco Sectorial negociado en Noviembre de 1999 entre Sintraelecol y el Ministerio.  La convención colectiva actual en Codensa fue firmada el 11 de Febrero de 2004 entre representantes de la empresa, Sintraelecol Nacional y Sintraelecol seccional Bogota-Cundinamarca, y está en vigor del 1º de Enero de 2004 hasta 31 de Diciembre de 2007, un periodo de cuatro años.  Articulo 63 de la convención garantiza el ingreso de un mínimo de 140 trabajadores directos nuevos en cargos convencionales durante la vigencia del acuerdo, y de hecho hasta hoy se ha creado mas de 220 nuevos empleos directos como resultado de este punto convencional.  Sin embargo, como mencionado anteriormente, los empleados que ingresan después del 1º de Enero de 2004, no recibirán todos beneficios económicos estipulados en la convención, así flexibilizando el acuerdo para los trabajadores con menos antigüedad, con el interés de promover la vinculación laboral directa en Codensa.   La convención también contiene muchas garantías para la organización sindical, como fueros sindicales por encima de lo que dice la legislación nacional, ayudas económicas para el sindicato, y 2100 días hábiles de permiso sindical al año para los activistas y directivos de Sintraelecol.  Además, para impulsar el dialogo paritario permanente, la convención establece un Comité Laboral, integrado por tres representantes de Codensa y tres representantes sindicales, que actuará frente a la aplicación de la convención colectiva, el cumplimiento de los contratos de trabajo, los procesos disciplinarios, la adjudicación de prestamos de vivienda y becas de estudio, y otros asuntos relacionados a las funciones del comité.  Tanto los dirigentes sindicales como la Gerencia de Recursos Humanos de Codensa coinciden en que hay un dialogo fluido y productivo a través del funcionamiento de dicho comité.  Asimismo, el dialogo paritario en Codensa ahora se extiende hasta la instancia mas alta de la empresa, porque un directivo de Sintraelecol ahora ocupa un puesto como principal en su Junta Directiva, donde impulsa iniciativas para mejorar las condiciones y relaciones laborales en la compañía.   En el caso de Emgesa, la convención colectiva actualmente valida fue firmada el 21 de Septiembre de 2005, e igual que la convención en Codensa, tiene una vigencia de cuatro años, del 1º de Enero de 2004 hasta el 31 de Diciembre de 2007.  La demora en la celebración de la convención con Emgesa se debe a una propuesta polémica presentada por la empresa, sobre la eliminación del servicio medico para los familiares de los trabajadores en cambio para un bono de $42 millones de pesos colombianos.  Para resolver la controversia, la empresa aceptó que los trabajadores actuales que quisieran seguir beneficiando del servicio medico familiar podrían hacerlo, pero que el beneficio no estará disponible para trabajadores nuevos.  La convención también establece que los empleados vinculados después de la entrada en vigencia del acuerdo, no beneficiarán de ciertas prebendas económicas, para asegurar que los costos laborales de la empresa sean competitivos en el futuro sin recurrir a la tercerización de la mano de obra.   Similar a la convención con Codensa, el acuerdo con Emgesa consagra varias garantías sindicales, como el derecho al suministro de información sobre la empresa, el fuero sindical, aportes económicos para el sindicato, y permisos sindicales.  Asimismo existe un Comité Laboral, integrado por dos miembros de la gerencia de la empresa y dos representantes de Sintraelecol, que vigilará la aplicación de la convención colectiva y los contratos de trabajo, analizará los procesos disciplinarios y los traslados del personal, y estudiará otros temas de interés laboral.  La mayoría de los directivos sindicales caracteriza los procesos de dialogo paritario en la empresa como buenos mecanismos que permite la concertación de soluciones a problemas laborales.  Sin embargo, distinto a la situación en Codensa, Sintraelecol no tiene representación en la Junta Directiva de Emgesa.   Además de las negociaciones colectivas que Sintraelecol realiza con las filiales colombianas de Endesa, la multinacional también ha iniciado un proceso de interlocución a nivel internacional a través de un acuerdo marco global concertado entre la alta dirección de la empresa, los sindicatos españoles UGT y Comisiones Obreras en representación de los trabajadores de la casa matriz en España, y la ICEM en representación de los trabajadores de las filiales mundiales de la multinacional.  El acuerdo, firmado entre el entonces Presidente y Concejero Delegado del Consejo de Administración de Endesa y los representantes sindicales el 25 de Enero de 2002, pretende garantizar el cumplimiento de las normas laborales internacionalmente reconocidas con relación a la libertad sindical, la seguridad y salud ocupacional, y la formación laboral, y crea una nueva instancia internacional de dialogo paritario in la cual la alta gerencia de la compañía negociará temas de interés laboral con los dirigentes de los sindicatos españoles y extranjeros.  Sin embargo, la empresa ha mostrado poca voluntad para efectuar dicho acuerdo, y hasta hoy existe pocos logros concretos para los trabajadores de Endesa debido a su implementación, pese a que la ICEM y los sindicatos españoles han tratado de rescatarlo a través de varias iniciativas transfronterizas.