SINALTRAINAL

Sindicato Nacional de Trabajadores del Sistema Agroalimentario

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Last updateJue, 27 Sep 2018 9am

Unilever

Otro triunfo de Sinaltrainal en la multinacional Unilever

Sinaltrainal logra el reintegro del compañero ESNEIDER VASQUEZ FERNANDEZ, trabajador de Unilever Colombia SCC S.A.S, despedido sin justa causa el 22 de junio de 2017.

Mediante fallo del juzgado 9 penal, el compañero fue reintegrado el día 22 de septiembre, pero la empresa Unilever aplicando una estrategia política para que los demás trabajadores no lo vean de nuevo en la empresa, le aplico el artículo 140 del código sustantivo del trabajo “SALARIOS SIN PRESTACIÓN DE SERVICIO. Durante la vigencia del contrato el trabajador tiene derecho a percibir el salario, aun cuando no haya prestación del servicio por disposición o culpa del empleador" o sea que no se presenta a la fábrica sino que le consignan su salario. 

Este compañero no hacia parte de la organización sindical en el momento de su despido, pero por el trabajo conjunto realizado entre las seccionales de Bugalagrande y Cali, logramos su reintegro y posterior afiliación a Sinaltrainal Seccional Cali el día 20 de octubre de 2017. 

Con este caso se reafirma la solidaridad de Sinaltrainal, puesto que Esneider sin ser un afiliado a esta organización sindical en el momento de su despido, emprendió una lucha como uno más de nuestros compañeros, aplicando los principios sindicales de identidad de clase y de solidaridad, reafirmamos que estar sindicalizado paga y más cuando es una organización clasista como Sinaltrainal. 

“VIVA LA UNIDAD DE LA CLASE OBRERA”

 “VIVA SINALTRAINAL”

3 de noviembre de 2017

Negociación colectiva de trabajo entre Sinaltrainal y Unilever Colombia SCC S.A.S.

Negociación colectiva de trabajo entre Sinaltrainal y Unilever Colombia SCC S.A.S.Informamos a todos nuestros compañeros afiliados, no afiliados y a nuestra estructura en general que el 15 de febrero de 2017, siendo las 05:00 pm, se dio por finalizada la etapa de arreglo directo de la negociación colectiva que se dio origen por la presentación de nuestro justo pliego de peticiones.

Dentro de este proceso de negociación buscamos por todos los medios de que la empresa entendiera las peticiones hechas por los trabajadores afiliados a SINALTRAINAL, las cuales estaban justificadas desde todo punto de vista.

No obtuvimos una respuesta por parte de la empresa, pues desde sus argumentos no tenían nada que ofrecerles a los trabajadores quienes somos los que les generamos INMENSAS ganancias.

La comisión negociadora de la empresa no ha ofrecido mayor cosa, incluso la empresa tiene condiciones que están por debajo de lo que garantiza la ley colombiana.

Al final de la etapa de negociación, propusimos llegar a una prórroga como lo estipula el Código Sustantivo del Trabajo en su Artículo 434, con el fin de llegar a un acuerdo que solucionara las necesidades reales de los trabajadores y sus familias, pero nuevamente nos encontramos con la negativa por parte de la empresa que se puede entender como una posición negligente, la cual deja claro que no les importa el bienestar de los trabajadores.

SINALTRAINAL, como representante de sus afiliados, no está de acuerdo con que sean los directivos de la empresa los que impongan a través de una figura “colectiva” (como lo es el pacto colectivo que está promoviendo) los beneficios, sin conocer las reales necesidades de los trabajadores, demostrando poco interés en resolver el conflicto actual.

Recuerden que el pacto colectivo es una figura de la empresa que no garantiza a futuro, el sostenimiento de los beneficios y derechos de los trabajadores.

En este panorama el único camino que nos queda será votar, TRIBUNAL O HUELGA como lo estipula el Artículo 444 del Código Sustantivo del Trabajo, que expresa que se debe de hacer mediante una votación secreta.

Invitamos a todos nuestros compañeros a que se unan a nuestra causa y se afilien a nuestra organización para que entre todos luchemos por bienestar integral y hagamos valer nuestros derechos. 

VIVA NUESTRO JUSTO PLIEGO DE PETICIONES…VIVA, VIVA, VIVA.
LA LUCHA ES HOY MAÑANA ES TARDE
AFÍLIATE A SINALTRAINAL

16 de febrero de 2017

Conflicto colectivo en Unilever Colombia SCC SAS

Conflicto colectivo en Unilever Colombia SCC SASUnilever Colombia Scc S.A.S., subsidiaria de la multinacional UNILEVER es una empresa agrioalimentaria, fundada en 2013, con plantas en varias ciudades del país; sus marcas más importantes son rama, fruco, nork, delmaiz, maizena.

Esta empresa genera $718 Billones en ingresos anuales, lo que hace que sea de las empresas más grandes de Colombia y en la industria de empresas de perfumes, cosméticos y demás productos de tocador.

El pasado 14 de diciembre de 2016, Sinaltrainal presentó el justo pliego de peticiones a la empresa UNILEVER COLOMBIA SCC S.A.S.

El día 16 de enero fuimos citados por la empresa para iniciar las conversaciones que permitieran adelantar el proceso de negociación, que se origina con la presentación de nuestro Justo Pliego de Peticiones.

Pero extrañamente nos encontramos con que las personas que asistieron a dicha reunión no tienen un documento que certifique “como lo expresa la Norma” que ellos eran los delegados por el Representante Legal de la empresa para adelantar este proceso.

Esta empresa siendo una Multinacional no debería de tener estos vacíos jurídicos, entonces ¿qué es lo que pretende esta empresa con esta serie de actos?

Sin embargo, ofrecieron una serie de garantías para la negociación colectiva de trabajo, pero al no podernos colocar de acuerdo con estas se dieron a la tarea echar en cara lo que estaban proponiendo como garantías, a lo cual Sinaltrainal exige respeto y una solución integral a las necesidades de los trabajadores que fueron elegidos como negociadores, además dentro de nuestra opinión cualquier acuerdo al que se hubiera llegado no tendría validez hasta tanto la empresa nos notifique sus delegados en la mesa de Negociación.

Sinaltrainal es una organización sindical a nivel nacional, que representa a 4000 trabajadores afiliados que venden su fuerza de trabajo en más de 63  empresas, tales como: Coca - Cola, Nestlé, Sodexo, Olímpica, Compass Group, Aramark, Molinos Roa, Especias el Rey, entre otras.

Llevamos más de 34 años representando a los trabajadores a nivel nacional y hemos adelantado diferentes campañas en contra de las políticas de las empresas, como se puede comprobar en nuestra página web: www.sinaltrainal.org

Nuestras políticas son claras, somos un sindicato Clasista, que nos identificamos por luchar en contra de las políticas Neoliberales y anti-sindicales, que implementan las empresas dentro del  territorio nacional, con las cuales atropellan los derechos de los trabajadores y les niegan la posibilidad de tener una vida digna que redunde en el bienestar del trabajador, su familia y la comunidad, partiendo de un proceso colectivo.

¡Seguiremos luchando….el camino no termina!

EXIGIMOS SOLUCIÓN A NUESTRO JUSTO PLIEGO DE PETICIONES

SINALTRAINAL EN PIE DE LUCHA…..PRESENTE, PRESENTE, PRESENTE.

LA LUCHA ES HOY MAÑANA ES TARDE 

AFÍLIATE A SINALTRAINAL

17 de enero de 2017

La defensa del derecho de asociación, nuestro principio

La defensa del derecho de asociación, nuestro principioComunicado Nº1 de negociación colectiva de Sinaltrainal con Unilever 

La comisión negociadora de Sinaltrainal empezó la negociación colectiva con la multinacional Unilever en la etapa de arreglo directo, el 27 de enero de 2017,  en este día se acordó que la negociación se realizaba los días 8, 10, 13, 14,15 de febrero de 2017, tiempo en el cual la actitud de la empresa ha sido de promover un pacto colectivo, dando a entender a la organización sindical que su intención no es la de respetar el derecho de asociación y libertad sindical a que tienen derecho sus trabajadores. 

Es muy importante que los trabajadores entendamos las diferencias que hay entre un pacto colectivo y una convención colectiva, que son de orígenes muy diferentes, pues el pacto es  impuesto por la empresa y la convención  nace de la autonomía de  los trabajadores. 

El pacto colectivo es promovido por la empresa con el fin de hacerle un paralelo a la organización sindical, con el fin de evitar el derecho a la huelga instrumento que utilizan los sindicatos para presionar a los empleadores en los conflictos laborales. A través de la presentación del pacto, lo que se hace es un simulacro que lo proponen los trabajadores no sindicalizados, lo presentan como si fuera estructurado a semejanza como lo hace un sindicato, se hace con la ayuda de trabajadores que son  sumisos  a las políticas de la empresa, cinco o cuatro que lo firman individualmente con la empresa, pero el resto son adherentes. 

De acuerdo a lo anterior invitamos a los trabajadores para que hagan memoria de cuándo es que aparece la propuesta de este pacto colectivo, ¿no será cuando Sinaltrainal le presentó el pliego a Unilever el pasado 14 de diciembre de 2016? 

Estos pactos son utilizados para mantener a la organización sindical en minoría para que no puedan exigir  al patrón los derechos laborales, son aplicados a pesar de que la OIT (Organización Internacional del Trabajo) le ha recomendado al gobierno Colombiano que prohíba la celebración de dichos pactos cuando exista un sindicato. 

La diferencia entre los pactos y las convenciones consiste en que aquellos se celebran entre  los patronos y los trabajadores no sindicalizados, mientras la convención se negocia entre la organización sindical (autonomía de los trabajadores) y la Empresa. La Convención Colectiva de Trabajo es un acuerdo  entre representantes de la empresa y los representantes de los trabajadores. 

Los pactos se reducen a querer comprar, mediante propuestas netamente económicas, la conciencia de los trabajadores. Mientras que la convención colectiva de trabajo abarca las condiciones de bienestar de los trabajadores, sus familias y la comunidad. 

El pacto colectivo esta sujeto a la voluntad del patrón que cuando quiera suprimirlo o suspenderlo solo le basta con levantar un acta. 

Para modificar una convención colectiva de trabajo se requiere de un conflicto laboral, con todas las repercusiones legales que a ello conlleva. 

Lo anterior lo ratificamos el  8 de febrero, el segundo  día  de negociación con Unilever, en donde la postura de la empresa fue la de negar todas las propuestas del bloque normativo que se presentó en nuestro pliego de peticiones. La empresa dice que “normatizar las relaciones obrero patronales es para Unilever coadministrar cosa que no va a permitir”. 

Sobre la reglamentación de los dominicales y festivos la empresa manifiesta que “el que no este de acuerdo, está como en Davivienda, en el lugar equivocado”, que no es factible, “el trabajador puede buscar otra empresa en donde no se trabaje en esos días”. La comisión negociadora de la empresa no muestra ningún interés por la sustentación que hacen los representantes de los trabajadores a los puntos presentados en el pliego, pues se la pasan chateando y mirando sus celulares. 

Sinaltrainal le sigue haciendo el llamado a los trabajadores que aún no se han vinculado a nuestra organización sindical, para  que se afilien y apoyen el pliego de peticiones que finalmente va a terminar convertido en una convención colectiva, pues lo que trata de hacer Unilever impulsando un pacto colectivo es aplicar una táctica de no permitir que el sindicato llegue a la tercera parte del total de los trabajadores directos, porque en el evento de que esto ocurra dicha convención se aplica para todos los trabajadores, por eso nuestra tarea es la de seguir creciendo y fortalecernos para lograr que se imponga la convención, digámosle NO al engaño, NO al pacto, SI al pliego de peticiones, SI  a la unidad de la clase obrera, SI al triunfo de los trabajadores en Unilever. 

La Unidad nos hace grandes, la Solidaridad nos hace fuertes y la LUCHA nos dará la libertad.  

Sinaltrainal

9 de febrero de 2017