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Otros TPP

Tribunal Permanente de los Pueblos sobre Impunidad en América Latina 1

Sesión del Tribunal permanente de los pueblos
1989-1991
Junio de 1995

En el segundo informe elaborado por los expertos designados por la ONU para estudiar el problema de la impunidad, presentado ante la Subcomisión de lucha contra la Discriminación y de Protección de Minorías, en agosto de 1993 (Doc.: E/CN.4/Sub.2/1993) se resaltaba el papel que ha jugado la sociedad civil en la evolución de los medios jurídicos de lucha contra la impunidad.

Dicho documento señalaba, entre los caminos que han contribuido a la evolución del Derecho en ese campo: los tribunales de opinión; el recurso a las instancias internacionales y el desarrollo de las organizaciones de las víctimas.

Entre los tribunales de opinión, mencionaba concretamente la sesión del Tribunal Permanente de los Pueblos, que se desarrolló en 12 países de América Latina, entre 1989 y 1991, sobre la Impunidad de los Crímenes de Lesa Humanidad en América Latina.

Los organizadores de este Encuentro de FIACAT me han solicitado fraternalmente que comparta con ustedes esa experiencia, ya que me correspondió actuar como secretario del Tribunal para esa sesión. Muchas personas y grupos que participamos en la organización de esa sesión del Tribunal estamos convencidos de que esa experiencia fue muy enriquecedora y de que la misma contribuyó a destacar la problemática de la impunidad, que muy pronto fue avocada por la Organización de Naciones Unidas y llevada a muchos foros internacionales, pues traduce el clamor de muchos pueblos y sectores sociales del mundo, que han ido tomando conciencia de la fuerza enormemente destructora que tienen, no solo la perpetración sistemática de crímenes contra la humanidad, sino su escandalosa impunidad. Aún más, muchos consideramos la impunidad en que permanecen los crímenes del pasado como el principal factor que favorece la continuidad de prácticas sistemáticas violatorias de los derechos humanos fundamentales.

En un primer momento voy a tratar de responder a seis interrogantes básicos, con el fin de que puedan tener una comprensión somera de lo que fue esa experiencia del Tribunal:

1) Qué situaciones motivaron la convocatoria del Tribunal ?
Como todos ustedes lo saben, las décadas de los 60 y los 70 fueron de grandes convulsiones sociales y políticas en América Latina. Casi todo el continente se vio dominado por dictaduras militares inspiradas en la Ideología de Seguridad Nacional, donde la violación de los derechos humanos fundamentales asumió formas extremas, sistemáticas y masivas. Brasil, Uruguay, Argentina, Chile, Paraguay, Bolivia, Perú, El Salvador, Nicaragua, Guatemala, Honduras, fueron casos en extremo escandalosos que conmovieron a la comunidad internacional. Otros países, como Colombia, que conservó formalidades democráticas, se adaptó de una manera más sutil y por lo mismo más profunda, a la ideología de la "Seguridad Nacional", razón por la cual hoy día conserva niveles escandalosos de terrorismo de Estado.

En la década de los 80, la estrategia trilateral, concertada entre los Estados Unidos de América, Europa Occidental y Japón, implicó un propósito explícito de presionar el cambio de los gobiernos dictatoriales de América latina por un modelo de democracia restringida, como se la llamó en sus documentos.
Esas democracias renacientes de los años 80 fueron adquiriendo rasgos característicos, uno de los cuales fue la impunidad con que quisieron cubrir los crímenes de Estado del pasado.

En 1978 el gobierno de facto de Pinochet, en Chile, emitió una ley de amnistía para absolver a todos los agentes del régimen que hubieran incurrido en delitos desde el golpe de Estado. Tales leyes de amnistía e indulto se multiplicaron después: las hubo en Brasil (1979), Guatemala (1986), Argentina (1987), El Salvador (1987).

Según los análisis de numerosas organizaciones no gubernamentales de derechos humanos del continente, esas democracias renacientes se fueron revelando profundamente enfermas. En el lenguaje inquietante del escritor uruguayo Eduardo Galeano, se llamaron democraduras, pues combinaban los rasgos formales de democracias con el espíritu de las dictaduras.

Se fue percibiendo, cada vez con mayor claridad, que esas sociedades continuaban profundamente condicionadas y traumatizadas por un pasado compulsivamente silenciado y confuso, que se erigía permanentemente como amenaza, como condicionante ideológico y político, como confusión moral que fusionaba, dañinamente, en la conciencia colectiva, el crimen con el honor.

Grupos minoritarias pero de extraordinaria fuerza moral, como han sido, por ejemplo, las Madres de Plaza de Mayo, mantuvieron en todo el continente un cuestionamiento radical sobre la impunidad impuesta, y subrayaron sus consecuencias profundamente destructoras de la sociedad. Fue este clamor el que llevó a la convocatoria del Tribunal. Desde 1987 fue avanzando un movimiento progresivo, impulsado por movimientos humanitarios, organismos no gubernamentales de derechos humanos, organizaciones populares, sindicales, religiosas, académicas y políticas, que solicitaron al Tribunal Permanente de los Pueblos la convocatoria de una sesión en la que se examinara a fondo y se enjuiciara, desde principios éticos y jurídicos que tuvieran impacto en la opinión pública, el flagelo de la impunidad de los crímenes de lesa humanidad.


2) Qué es y qué carácter tiene el Tribunal Permanente de los Pueblos?

El TPP tuvo su origen en el Tribunal Russell, convocado como "tribual de opinión" por el filósofo inglés Bertrand Russell en 1966, con el fin de enjuiciar las violaciones del derecho humanitario durante la guerra del Vietnam, por parte del gobierno de los estados Unidos y de sus aliados.
El Tribunal Russell sesionó por segunda vez entre 1974 y 1976 para enjuiciar a las dictaduras militares de América Latina. Al finalizar esta segunda sesión, quedaron constituidos varios organismos que asumieron la lucha por la defensa de los derechos de los pueblos, entre ellos el Tribunal Permanente de los Pueblos, aunque éste solo se constituyó formalmente en 1979, después de la muerte de su inspirador, el senador italiano Lelio Basso, figura clave en la convocatoria y la relatoría de los tribunales Russell.

Es un tribunal de carácter no gubernamental, del género de los "tribunales de opinión". Está conformado por cerca de 60 personalidades de diversos países del mundo, de diversas disciplinas y diversos horizontes ideológicos. Ha sesionado hasta el momento en más de 20 ocasiones para avocar problemas de diversos países, de organismos internacionales o de situaciones mundiales.

Dadas sus características, origen y composición, el TPP es una expresión de la conciencia ética de la humanidad, que funda su legitimidad en su fuerza moral.

 3) Cómo se tipifican los Crímenes de Lesa Humanidad?

El concepto de Crimen de Lesa Humanidad fue definido por primera vez en el Estatuto del Tribunal Militar Internacional de Nüremberg, creado por las potencias vencedoras de la Segunda Guerra Mundial para enjuiciar a los criminales nazis. Luego las Naciones Unidas adoptaron los principios de Derecho Internacional de dicho Estatuto y, a través de la Comisión de Derecho Internacional, los han ido desarrollando.

Diversos instrumentos convencionales de la ONU y de otras instancias intergubernamentales han considerado como Crímenes de Lesa Humanidad: el Genocidio, la Esclavitud, el Apartheid, la Tortura, la Desaparición Forzada y la Ejecución Extrajudicial, cuando tienen un cierto carácter sistemático; cuando son perpetrados por agentes del Estado o por personas o grupos que actúan con su tolerancia, aquiescencia o colaboración, o cuando se fundan en razones o móviles políticos, ideológicos, religiosos, raciales, étnicos o culturales (lo que fundamenta su sistematicidad).

El Crimen de Lesa Humanidad es tal, no por violar normas positivas de un Estado, o derechos adquiridos por personas, grupos o instituciones, ni porque así los califique determinado código penal, sino porque constituyen afrentas a la dignidad humana, y en cuanto tales hieren y ofenden a la humanidad como humanidad. Ninguna "razón de Estado" puede legitimarlos; ninguna legislación nacional puede tolerarlos, so pena de destruir las posibilidades de convivencia civilizada, cuya salvaguarda constituye el primer principio legitimante de los Estados de Derecho.

4) Cómo incorporó el Tribunal, en su trabajo, los principios jurídicos internacionales contra la impunidad?

Esa sesión del Tribunal se apoyó en el derecho a la justicia y recordó y explicitó las normas que deben ser tenidas en cuenta para el enjuiciamiento de tales crímenes, tal como han ido siendo desarrolladas por el Derecho Internacional: la imprescriptibilidad; la responsabilidad individual independiente de la condición o no de agente del Estado; la no legitimidad de invocar como eximente de responsabilidad la "obediencia debida"; el no condicionamiento a que los crímenes estén tipificados en el Derecho interno de los Estados; la jurisdicción universal; la prohibición de amnistías e indultos para los autores de dichos crímenes; la prohibición de calificarlos como "delitos políticos"; la obligación de "juzgar o extraditar" a los culpables.

Tanto los eventos y publicaciones que fueron preparando el desarrollo de la sesiones del Tribunal en los diversos países, como las ponencias de los expertos, los aportes de los miembros del Jurado y la misma Sentencia, contribuyeron a difundir en América Latina instrumentos y principios del Derecho Internacional que eran prácticamente desconocidos en nuestros países. Gracias al Tribunal, muchos debates fueron abiertos y se iniciaron movimientos tendientes a exigir la aplicación de esos principios ya establecidos del Derecho Internacional, en particular de un Derecho Penal Internacional, que aún no está plenamente constituido, pues las Naciones Unidas no han aprobado aún el Estatuto de un Tribunal Penal Internacional permanente que dé aplicación a esos principios.
5) Cómo se ha legitimado la impunidad en América Latina ?

Detrás de los comportamientos rutinarios de los gobiernos y de los aparatos estatales, así como de las leyes de Amnistía e Indulto que favorecen a los victimarios, se esgrime siempre, así sea indirectamente, una "razón de Estado". En otras palabras, se acepta que pueden existir los crímenes o que de hecho existieron, pero se sostiene que no deben ser sancionados porque supuestamente hay una prioridad absoluta de otro orden que exonera de sanción a los culpables: la defensa de las instituciones.

Pero también la impunidad ha buscado legitimaciones religiosas, a través de un recurso a mía veta reconciliatoria del Cristianismo, desnaturalizando el valor cristiano del perdón. Se ha querido sustraer el perdón de su ámbito propio de las relaciones interpersonales, donde se realiza su valor cristiano como acto creador, gratuito, libre y riesgoso, que busca superar situaciones límite de ruptura mediante una fe activa en el ofensor, reconstruyéndolo como hermano, y trasladar ese perdón al ámbito de las relaciones jurídico-políticas, donde las relaciones humanas son mediadas por estructuras en que están ausentes las dimensiones de gratuidad, creatividad y libertad en que se nutre esencialmente el valor del perdón.

Lamentablemente el discurso de "perdón y olvido", asumido incluso por algunos episcopados, no hace siquiera alusión a lo que la tradición teológica cristiana dejó consignado en los grandes catecismos, cuando se esforzó por traducir al ámbito de lo masivo el valor cristiano del perdón, formulando las 5 condiciones básicas para su autenticidad: el examen de conciencia; el arrepentimiento; el propósito de enmienda; la confesión y la reparación del daño.

6) Cómo se desarrolló dicha sesión del Tribunal?

Esa sesión tuvo dos grandes momentos: el primero fue la realización de audiencias nacionales, o de instrucción del proceso en cada país. Cada una de estas audiencias fue presidida por dos o tres jueces designados por el Tribunal, los que en algunos países estuvieron asistidos por personalidades respetables del mismo país. Estas audiencias, realizadas entre noviembre de 1989 y abril de 1991, fueron momentos de denuncia y de análisis profundos sobre los mecanismos, causas y consecuencias de la impunidad en cada país. Cada audiencia concluía con un Dictamen elaborado por los jueces, en el cual se evaluaban los fundamentos de hecho y de derecho que llevaban a remitir el caso a la sesión deliberante del Tribunal.

Las audiencias nacionales fueron impresionantes asambleas donde concurrieron personalidades, fuerzas sindicales, políticas, populares, religiosas, académicas, profesionales y humanitarias, y en cuyas tribunas alternaron víctimas de horrendos crímenes de Estado y eminentes juristas, analistas y científicos sociales.
El segundo momento fue la sesión deliberante, la cual se realizó en Bogotá, entre el 22 y el 25 de abril de 1991. A ella asistieron delegados de los 12 países donde habían tenido lugar las audiencias nacionales, un grupo de expertos internacionales y un jurado de 10 eminentes personalidades de diferentes países. Esta sesión concluyó con la lectura de la Sentencia.

La sentencia incorporó los más importantes elementos de análisis que fueron recogidos durante el proceso y profundizó, además, en las causas, efectos y legitimaciones de la impunidad. En su parte final, la Sentencia adoptó una serie de propuestas tendientes a modificar factores que favorecen la impunidad. Esas propuestas estaban dirigidas, tanto a la comunidad internacional, a los órganos competentes de las Naciones Unidas y de algunos gobiernos en particular, como a las organizaciones no gubernamentales y a ciertos estamentos de la sociedad civil.

La Sentencia adquirió, así, las características de un programa de acción para las próximas décadas. Por eso, la sesión final, a la vez que era un punto de llegada, fue también un punto de partida de una lucha más consciente y fundamentada contra la impunidad.

El Tribunal sobre la impunidad nos ayudó a tematizar y a debatir un problema profundamente sentido en América Latina y en muchas otras partes del mundo.Varios órganos de las Naciones Unidas han avanzado en el análisis y en la búsqueda de salidas jurídicas. Por ejemplo, la Asamblea General de la ONU le ha dado un cierto tratamiento de urgencia, en los dos últimos años, a la discusión del Estatuto para un Tribunal Penal Internacional permanente, así como a la discusión de la versión final del Código de Crímenes contra la Paz y la Seguridad de la Humanidad.

Pero hay interrogantes más de fondo que siguen siendo objeto de debate entre nosotros y que nos replantean el problema de la impunidad, ya no en el marco de las normas y soluciones jurídicas, sino en el ámbito de los valores éticos universales y básicos y en el de nuestra responsabilidad histórica.
Hay discursos encontrados; antinomias difíciles de resolver: posiciones que se fundan en argumentos y reflexiones que tienen un peso nada despreciable. Esos discursos y posiciones se estructuran alrededor de polos como estos:

la memoria y el olvido ;
la sanción y el indulto;
el pasado y el futuro;
lo personal y lo social.

En los puntos de intersección de estas realidades dinámicas, se levantan grandes, profundos y candentes interrogantes que invitan a un discernimiento nada fácil.

Como ejemplos de esos interrogantes podría mencionar estos:

¿Es posible construir un futuro de justicia y de solidaridad sobre la base del olvido de un pasado que destruyó esos valores?

¿La memoria de los crímenes del pasado, puede ser obstáculo para un proceso de reconciliación? ¿Será acaso una fuente permanente de odios, rencores, venganzas y conflictos?

¿O será acaso esa memoria una condición necesaria e ineludible para que los crímenes no se repitan? ¿Será acaso esa memoria crítica lo único que estigmatiza eficazmente los antivalores que destruyen a una sociedad?

¿Esa memoria de los crímenes del pasado, será acaso, en las víctimas, en los victimarios y en la sociedad, una fuente de neurosis personal; de desequilibrios psíquicos o emocionales; o será más bien la única base para la superación de los sufrimientos, de los traumas, huellas y heridas que dejaron los crímenes en las estructuras personales?

¿Tiene algún valor el perdón basado sobre el olvido o sobre una ignorancia ficticia o forzada de los crímenes y de sus secuelas?

¿Es posible perdonar auténticamente en forma colectiva, desde una indistinta y confusa condición de víctimas, espectadores y cómplices?

¿Puede una sociedad superar dinamismos criminales que gozaron de aceptación o tolerancia en sus estructuras jurídicas, políticas o ideológicas, sin estigmatizarlos mediante la sanción y castigo de sus responsables?

¿Puede acaso una sociedad tener identidad cultural e histórica, mientras mantenga relaciones confusas o inhibidas con un pasado que no ha sometido a un claro juicio ético, jurídico y político?

¿Los crímenes no sancionados del pasado no operan, acaso, en la conciencia social, como una amenaza permanente de reiteración; como una censura aún suspendida en el aire sobre la memoria de las víctimas y sobre el comportamiento de quienes se identifican con ellas; como un condicionante ideológico y político que prohíbe recorrer los caminos que recorrieron las víctimas o asumir sus posiciones y búsquedas, o reelaborar sus sueños y sus utopías?

Quizás estos interrogantes sean mejor comprendidos desde un ejemplo práctico, en el cual me he visto involucrado personalmente desde hace varios meses:
En un pueblo de Colombia llamado Trujillo, ocurrió, entre 1988 y 1991, una masacre continuada que produjo más de 100 víctimas fatales.

 El Ejército y la Policía, apoyados económica y logísticamente por dos ricos narcotraficantes y por un escuadrón de sicarios rentados, asesinaron a pequeños delincuentes y persiguieron, desaparecieron, torturaron y asesinaron a numerosas personas, a quienes por participar en movimientos sociales o en acciones de protesta, habían calificado como simpatizantes de la guerrilla. Algunos de estos asesinatos y torturas se llevaron a cabo con métodos extremadamente crueles, como la mutilación progresiva de las víctimas hasta producir la muerte, arrojando luego a un río los cuerpos desmembrados, imposibles de identificar. Entre las víctimas estuvo el Párroco del lugar y varios de sus colaboradores. Los procesos judiciales y disciplinarios que se abrieron por estos hechos concluyeron en la más absoluta impunidad, siendo absueltos todos los victimarios identificados.

Nuestra Comisión de Justicia y Paz, que tuvo contacto estrecho desde el comienzo con algunos sobrevivientes y con familiares de las víctimas, llevó el caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Allí, luego de más de dos años de confrontación de explicaciones con el gobierno colombiano, éste aceptó conformar una Comisión extrajudicial que examinara de nuevo el caso y se pronunciara sobre el mismo. Dicha Comisión dejó en claro la responsabilidad del Estado en los crímenes y recomendó indemnizar a un grupo de familias y reparar social y moralmente a la población de Trujillo y a la sociedad colombiana.

En el curso de las deliberaciones de dicha Comisión, encontramos algunas maneras simbólicas de materializar la reparación moral a la población, como la construcción de un monumento a las víctimas y un plan de inversión social que reconstruya algunos tejidos socio-económicos que fueron destruidos.
Estas iniciativas aún no se han cumplido y enfrentan grandes dificultades para realizarse. Las autoridades del pueblo y sectores de la población rechazan el monumento, apoyándose en la tesis que atribuye al olvido la virtud de facilitar la reconciliación y la construcción de un futuro sin odios ni venganzas. El discursos cristiano de la reconciliación y el perdón fundados en el olvido se ha vuelto allí discurso militante y combativo aún en boca de los indiferentes y ateos y ha encontrado también audiencia en autoridades eclesiásticas.

Esta desafiante tarea nos ha permitido también ahondar en algunos análisis, como estos:
La masacre continuada que sufrió el pueblo de Trujillo, dejó huellas profundas y dinamismos destructivos en su conciencia moral.

Teniendo en cuenta que ciertas actitudes y comportamientos de las víctimas, en los que se materializaron ciertos imperativos de su conciencia, como la denuncia, la protesta social, la pertenencia a organizaciones reivindicativas, cooperativas o solidarias, constituyeron comportamientos que fueron castigados con las formas más extremas de crueldad (con inocultable intención disuasiva por parte de los victimarios, como quien envía un mensaje contundente: si alguien vuelve a comportarse así, tendrá esta muerte cruel), todo esto con apoyo y tolerancia del Estado. La población tuvo que asimilar compulsivamente la conclusión de que sus vidas debían ponerse en dilema con esos imperativos de sus conciencias: o se optaba por vivir, reprimiendo la conciencia, o se seguía la conciencia, arriesgando la vida.

La impunidad -que aún es total en este caso- actúa como un sello que avala con fuerza esa conclusión.
¿Cómo reconstruir esa conciencia moral, reprimida o destruida con instrumentos tan contundentes?
¿Cuál puede ser el futuro de una comunidad así moldeada en el terror; en procesos históricos tan traumáticos?
¿No estará acaso esa comunidad condenada a reorientar completamente sus patrones de comportamiento social y moral, sus opciones políticas, ideológicas e incluso éticas, en función de los intereses de esos victimarios que no fueron sancionados y que conservan, por ello, un poder real como amenaza permanente?
¿No estará acaso esa comunidad condenada sutilmente al silencio y al olvido del pasado; a permitir que los comportamientos triunfantes de los victimarios moldeen subconscientemente los patrones de conducta de la generación que se levanta?
¿Existe algún otro mecanismo psico-social efectivo, que pueda liberar a esa comunidad de repetir su tragedia, que no sea la memoria intensa, permanente, estigmatizante del pasado, la sanción jurídica y social de los victimarios?

Todos estos análisis y reflexiones nos llevan a la convicción de que la impunidad es uno de los flagelos más graves que sufrimos hoy.

La impunidad ha moldeado nuestras actuales sociedades latinoamericanas. En los últimos meses, victimarios de Argentina y Chile, desde las fortalezas inexpugnables que las decisiones jurídicas y políticas les construyeron, han llegado a confesar horrores por las pantallas de la televisión, con estremecedora arrogancia.

¿No daña esto profundamente la conciencia moral del continente y del mundo?
¿No reafirma acaso, en forma contundente, el poder triunfante del crimen y no deja acaso degradado el valor de la justicia?
¿Acaso el modelo neoliberal implantado en todos nuestros países, con sus efectos de hambre, muerte, degradación de la calidad de la vida humana en todas sus dimensiones, para grandes mayorías, no se apoyó en el exterminio de una generación ideológica que no aceptaba sus postulados y en el condicionamiento subconsciente de la generación siguiente para aceptarlo, gracias al "perdón y olvido" de ese genocidio?

Sé que muchas veces es difícil separar sentimientos de odio y de venganza de una opción consciente y fundamentada contra la impunidad. Pero creo que esos sentimientos son más destructores cuando se reprimen o cuando se desmontan con sofismas que eluden mirar los efectos monstruosamente destructores de la impunidad.

Siempre que reflexiono sobre los efectos de la impunidad, siento una necesidad imperiosa de rendir un homenaje a las Madres de Plaza de Mayo de Argentina, cuya ronda de todos los jueves a las 3 de la tarde es un ritual que habla a los estratos más profundos de la conciencia. Varias veces me acerqué a esa plaza como quien se acerca a un lugar sagrado, donde arde una llama que mantiene viva la conciencia moral del continente.

Psicólogos, sociólogos, políticos y clérigos les han aconsejado poner ya fin a su interminable ritual. ¿Por qué seguirse identificando como "madres de las víctimas"? ¿No es ésta acaso una identidad patológica?  ¿Por qué no abandonar, con sentido de realismo, lo que es inalcanzable? ¿Por qué, en lugar de seguir fijas en el pasado, no construir un futuro menos lúgubre? ¿Por qué sepultar definitivamente sus vidas en un interminable ritual funerario? ¿Por qué no perdonar a los victimarios y olvidar las pesadillas del pasado? ¿Por qué no luchar, más bien, por una reconciliación nacional?

Razones todas respetables para deponer su lucha, pero ellas han preferido continuarla. Han preferido seguir siendo llama eterna que arde junto al sepulcro de la dignidad humana, donde ofician como intransigentes centinelas de su resurrección. ¿Qué sería de nuestro continente sin este testimonio impresionante de humanidad?


Javier Giraldo M., S. J.
Münster, Alemania, junio de 1995
Encuentro convocado por FIACAT (Federación Internacional de Acción de los Cristianos por la Abolición de la Tortura