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Sindicato Nacional de Trabajadores del Sistema Agroalimentario

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Last updateJue, 27 Sep 2018 9am

Acueducto Metropolitano

A devolvernos lo que ilegalmente nos retuvieron

Acueducto Metropolitano de Bucaramanga mediante fallo del 25 de septiembre de 2017, en proceso ordinario de única instancia,  S.A. E.S.P. suspender el descuento de las cuotas sindicales de los afiliados de Sinaltrainal con destino a Sintraemsdes y hacerles solo el descuento de la cuota sindical con destino a Sinatrainal y condenó a Sintraemsdes a hacer la devolución de los dineros descontados ilegalmente como cuota sindical desde el 1 de septiembre de 2012, a los afiliados de Sinaltrainal Edgar Martínez y Josefina Martínez y conjuntamente con el  Acueducto Metropolitano de Bucaramanga pagar las costas. 

La decisión quedó en firme en ésta jurisdicción, por ser un proceso ordinario laboral de única instancia, no procede recurso alguno, por esa razón, en la audiencia fue rechazada la reposición presentada por el abogado contratado por Sintraemsdes, a quien le pagó millones de pesos en honorarios, que salen del salario de los trabajadores que aportan cuota sindical, por la terquedad de quienes insisten en hacerle la vida imposible a los afiliados de Sinaltrainal y ahora deben regresarle millones de pesos que ilegalmente les descontaron de su salario.  

Sinaltrainal tiene la razón y así lo determinó el juez, es falso el argumento usado por Sintraemsdes para justificar el ilegal descuento de la cuota sindical a los afiliados de Sinaltrainal, aduciendo que lo hace por agrupar al 75% de los trabajadores del Acueducto Metropolitano de Bucaramanga y porque supuestamente nos beneficiamos de su convención. 

El Juez Tercero Municipal de Pequeñas Causas Laborales de Bucaramanga, ratificó lo decidido por la Corte Constitucional y la OIT, referente a que un sindicato, por ser mayoritario como lo es Sintraemsdes, no tiene la exclusividad y derecho a actuar sobre trabajadores afiliados a otro sindicato, como lo hace contra los afiliados de Sinaltrainal en el  Acueducto Metropolitano de Bucaramanga, cada sindicato, así sea minoritario tiene el derecho de la autonomía sindical, a tener su propia representación y representar a sus afiliados, el derecho de negociación y contratación colectiva, al principio de igualdad y no discriminación y precisa para Sintraemsdes que Sinaltrainal es titular de su propia Convención Colectiva de Trabajo en el  Acueducto Metropolitano de Bucaramanga y ésta no puede ser modificada por otro sindicato. 

El descuento de la cuota sindical que ilegalmente estaba haciendo Sintraemsdes, no estaba autorizado por los afiliados de Sinaltrainal, por esa razón se reclamó por años, fueron denuncias públicas, derechos de petición, querellas, reuniones con representantes de la empresa, hasta llegar al extremo de someternos a huelga de hambre del 31 de octubre al 5 de noviembre de 2016, frente a la Alcaldía de Bucaramanga y fue uno de los compromisos adquiridos por el Alcalde Rodolfo Hernández, en el acuerdo y reuniones resultantes de la huelga de hambre, comprometiéndose a respetarle a Sinaltrainal y sus afiliados todo lo que por ley tienen derecho y no cumplió. 

El descuento ilegal de la cuota sindical por parte de Sintraemsdes a los afiliados de Sinaltrainal, es un acto premeditado e intencional que no quisieron parar, a pesar nuestras solicitudes y por esa razón, en el fallo, el Juez precisa que puede constituir un atentado al derecho de asociación, en la medida que su actuar de acuerdo a lo considerado a causado transgresiones a los derechos constitucionales de libertad sindical y negociación colectiva de que gozan los afiliados a Sinaltrainal y pueden haber incurrido en enriquecimiento sin justa causa de la asociación sindical. 

Se ha hecho justicia para los trabajadores al servicio del Acueducto Metropolitano de Bucaramanga S.A. E.S.P. afiliados a Sinaltrainal que con dignidad han resistido arbitrariedades y persecución. 

Sintraemsdes y el amb han causado daño al salario de los afiliados de Sinaltrainal reteniendo ilegalmente las cuotas sindicales y otros perjuicios representados en el pago de  honorarios a abogados y tiempo. 

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