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Sindicato Nacional de Trabajadores del Sistema Agroalimentario

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Last updateJue, 27 Sep 2018 9am

Audiencia petrolera

Genocidio en Arauca

Persecución y aniquilamiento de las comunidades y organizaciones sociales

Las empresas que explotan el petróleo en Arauca, con la activa colaboración del Estado colombiano, con el fin de posibilitar el saqueo de este estratégico recurso, han recurrido a varias estrategias de persecución y aniquilamiento contra las comunidades y organizaciones sociales que habitan en la región.

Así, en primer lugar procedieron a la expulsión del campesinado que se encontraba dentro del área de influencia del campo de explotación, para lo cual utilizaron una ley que posibilita expropiar a los habitantes que se encontraran a cinco kilómetros a la redonda de los límites de los pozos.

Quienes se negaron a salir les fueron quemados sus cultivos, destruidos sus ranchos y acosadas sus familias. Finalmente, se logró el propósito. Se despejó el área y se convirtió en una zona de exclusión, verdadero fortín militar, donde los nativos no tienen posibilidad de transitar por una vía distinta a la carretera central, donde abundantes elementos de las fuerzas militares, verdadero ejercito privado al servicio de los intereses transnacional, en compañía de agencias de seguridad privada contratadas por las petroleras, realizan estrictos controles de identificación y tráfico, por esa vía pública.

La zona de exclusión impide la libre circulación de personas a tal punto que los intrusos son considerados potenciales riesgos para la infraestructura del campo petrolero y, por ende, objetivo militar.

El conflicto desatado en el departamento de Arauca, originado por la política de la OXY, ha encontrado seria resistencia en el pueblo araucano. Con el paso del tiempo, la multinacional gringa, junto a la BP, la Chevron Texaco y la Repsol, han transformado esta contienda en internacional.

Allí ha intervenido principalmente el gobierno de los Estados Unidos a fin de defender los intereses de sus empresas petroleras, asegurar el control de la región, que se erige en un importante punto de convergencia de diversos y contradictorios poderes y de construir una barrera de contención al proceso bolivariano, que se viene desarrollando en la vecina Venezuela.

En ese medio, las respuestas dadas tanto por los Estados norteamericano y colombiano, éste último ampliamente dependiente del primero, como de la OXY, no se hicieron esperar. La militarización creciente de la región para garantizar la extracción de oro negro y las ganancias de la multinacional norteamericana fue el camino escogido. En este proceso fue fundamental el denominado Plan Colombia.

Efectivamente, los altos funcionarios de la Occidental Petroleum cabildearon intensamente en Washington ante el gobierno de Bill Clinton y el Congreso de los Estados Unidos para que tal proyecto militar se llevara a cabo a fin de proteger sus intereses.   

En compañía de funcionarios de la BP movieron importantes piezas para darle vida al más importante de los proyectos contrainsurgentes llevados a cabo en Colombia. Ya en 1996, habían creado, en compañía de dueños de otras petroleras estacionadas en nuestro país, la Colombia Business Partnership con el fin de incrementar considerablemente el apoyo militar norteamericano al gobierno colombiano.

Según Amnistía Internacional, en febrero de 2000, un alto funcionario de OXY, llamado Lawrence Meriage, quien en ese tiempo era vicepresidente para servicios ejecutivos y asuntos públicos de Occidental Oil and Gas Corporation, expuso ante el Subcomité de Justicia Penal, Política de Drogas y Recursos Humanos del Congreso estadounidense el siguiente argumento: "la batalla contra el narcotráfico no puede ganarse sin una fuerza militar más potente, mejor equipada y altamente disciplinada". Seguidamente exhortó a los congresistas "a asegurarse de que el paquete de ayuda que de aquí surja garantiza un cuidadoso equilibrio entre el apoyo a la Policía Nacional de Colombia y al ejército". Igualmente instó al Congreso "a considerar el apoyo a las operaciones contra el narcotráfico tanto en las regiones del norte como en el sur. Esto ayudará a aumentar la seguridad para los proyectos de desarrollo petrolífero".

La presión de las petroleras, y especialmente de los funcionarios de la OXY, sobre el Congreso norteamericano dio sus frutos en julio de 2002. En ese año, el legislativo aprobó utilizar la ayuda militar en Colombia para combatir a "organizaciones designadas como organizaciones terroristas”, eliminando así una cláusula que limitaba su uso a la persecución al narcotráfico.

La explotación petrolera en Arauca está directamente relacionada con el conflicto armado y la utilización de la violencia legal e ilegal en contra de las organizaciones sociales. Así, el 12 de diciembre de 1996, la Asociación Cravo Norte, que es la que opera el yacimiento de Caño Limón, propiedad de ECOPETROL en un 50%, Occidental Petroleum Corporation en un 43,8% y Repsol en un 6,2%, firmó un "acuerdo de colaboración" para dar ayuda a las unidades de la XVIII Brigada que actuaran al interior o cerca del campo petrolero.

Bajo ese acuerdo ha proporcionado ayuda económica, logística, incluidos helicópteros de transporte, e infraestructural a varias unidades militares que se encuentran operando en la zona, las cuales tienen un impresionante record de violación de derechos humanos. El mismo acuerdo incluyó un desembolso anual de dos millones de dólares para las fuerzas militares colombianas, además de apoyo logístico, el cual alcanzó un monto de 750.000 dólares.

Por lo demás, la multinacional emplea agencias de seguridad privada, que actúan juntas con el ejército, están integradas a las redes de inteligencia civil, conocidas como red de informantes, y se han visto implicadas en actos de violencia y violación de derechos humanos a la población.

Oxy Colombia no sólo ha convertido a Caño Limón en un fuerte militar, en el cual están estacionadas permanentemente unidades del ejército colombiano, sino también en una base de operaciones áreas desde donde despegan aviones y helicópteros militares, que realizan misiones de inteligencia, bombardeo y ametrallamiento en todo el departamento.

Otra forma de sufragar la guerra por parte de estas multinacionales es a través del llamado impuesto de guerra, establecido por el gobierno colombiano en 1992. Oxy Colombia, Repsol y otras empresas de la industria petrolera han proporcionado una gigantesca financiación a la maquinaria de guerra y a los aparatos represivos del Estado oligárquico colombiano. El monto que han pagado equivale más o menos a un dólar por barril, con lo cual la asociación Cravo Norte cancela ahora al Estado un monto aproximado de 33 millones de dólares anuales por este gravamen.

También se da la participación directa del estado gringo en los operativos bélicos, pues en Arauca ha desembarcado personal militar estadounidense con el fin de entrenar a comandos de la XVIII Brigada. En enero de 2003, 60 miembros de las fuerzas especiales estadounidenses arribaron al departamento para unirse a los 10 que ya estaban allí cumpliendo esa misma labor.

La estrategia del gobierno de Bush es de tal agresividad que entre 2002 y principios de 2004 entregó al gobierno de Uribe Vélez más de 1.900 millones de dólares en “ayuda” militar, parte de la cual fue dedicada a proteger las operaciones de la Occidental en Colombia. Semejante monto convirtió al Estado colombiano en el tercer receptor más importante de ayuda militar estadounidense, después de Israel y Egipto.

La protección militar de las instalaciones de la OXY ha sido acompañada por la donación de cuantiosas sumas para el equipamiento de cuerpos de ejército. Por ejemplo, tan sólo en 2003 fueron aprobados por el gobierno de los Estados Unidos 99 millones de dólares para proteger el oleoducto. Esa partida se utilizó para comprar helicópteros, pagar servicios de formación e inteligencia, comprar material militar para la XVIII Brigada y financiar la creación de una nueva Brigada Móvil, la número 5, dedicada inicialmente a  patrullar el oleoducto.

En febrero de 2004, tras otra cuantiosa inversión del gobierno y del ejército de los Estados Unidos, fueron inauguradas las instalaciones para la protección de la infraestructura económica del oleoducto Caño Limón-Coveñas, ubicadas en Saravena. Éstas consisten en un hangar, una rampa para abastecimiento de gasolina, bodega para municiones, tienen capacidad para alojar diez helicópteros y tres cuarteles para alojar a 120 soldados y contratistas de seguridad privada.

Poco más de un año después, a finales de mayo de 2005, el gobierno imperialista donó al gobierno lacayo de Colombia seis helicópteros, dos UH60 Black Hawk y cuatro UHII Iriquios, que serán utilizados exclusivamente para apoyar las actividades de la XVIII Brigada del Ejército con el fin de proteger el tramo de 174 kilómetros que recorre en Arauca el oleoducto Caño Limón-Coveñas. A raíz de este apoyo, los operativos militares han logrado disminuir las voladuras del oleoducto en los últimos tres años, con lo que la multinacional norteamericana ha podido exportar tranquilamente el petróleo colombiano y obtener jugosas ganancias por ello.

Los intereses estadounidenses sobrepasan cualquier imperativo moral. Para 2003, sus legisladores introdujeron una modificación a la anterior norma que regulaba la “ayuda” militar, por medio de la cual redujeron el cumplimiento de los requisitos en derechos humanos a únicamente el 25% del monto destinado a seguridad, mientras que anteriormente se aplicaba al 100%. La razón: la protección global de los intereses de los dueños de los grupos financieros y multinacionales que operan globalmente y que tienen su matriz en los Estados Unidos, entre ellas la OXY.

Para tener un marco institucional desde donde legitimar los atropellos contra la población y facilitar la represión gobierno encabezado por Álvaro Uribe Vélez, declaró el “estado de conmoción interior” el 11 de agosto de 2002, tres días después de haberse posesionado.

El estado de emergencia le permitió, el 9 de septiembre del mismo año, promulgar el decreto 2002 que creaba las zonas de rehabilitación y consolidación, daba al ejército poderes de policía judicial y se empadronaba a la población. El establecimiento de estas zonas implicaba una doble excepcionalidad en el ejercicio de los derechos constitucionales. La primera, la que se derivaba de la aplicación del Estado de Conmoción Interior, que se aplicaban a la población de todo el país, y la segunda, la que se desprendía de la aplicación de medidas aun más extraordinarias y contundentes, que regían en las llamadas Zonas de Rehabilitación y Consolidación.

A pesar de que la mayor parte del decreto fue anulado por la Corte Constitucional, el gobierno siguió aplicando su política de guerra sin ningún límite.

Así, desde el 21 de septiembre de 2002, se declararon como zonas de Rehabilitación y Consolidación los departamentos de Sucre y Bolívar, ubicada en los Montes de María, y  del departamento de Arauca. Estas incluían 29 municipios. Allí el mando del ejército asumía el control de todas las fuerzas armadas, incluida la policía, y se sobreponía absolutamente sobre la autoridad civil.

En Arauca fueron incluidos en la zona de rehabilitación y consolidación Saravena, Arauquita y Arauca, que son los municipios que hacen parte del cinturón petrolero, donde se encuentra ubicado el yacimiento de Caño Limón- y son precisamente los entes territoriales donde nace el oleoducto de Caño Limón-Coveñas. Curiosamente, los municipios por donde tiene su tramo final el mismo oleoducto, situados en el litoral caribe colombiano, también fueron declarados parte de una de las dos zonas de rehabilitación y consolidación, lo que muestra hasta donde llega el poder de OXY en Colombia.

Si bien la confrontación militar y la violencia sobre la población se había extendido a todo el departamento, inclusive la violencia paramilitar era más fuerte en Tame que en cualquier otro lugar, el gobierno de Uribe limitó la zona de rehabilitación y consolidación a los tres municipios mencionados, donde históricamente han tenido una fuerte presencia las organizaciones sociales,  operan las principales compañías petroleras y hay significativa actividad guerrillera. Los otros cuatro municipios, donde había una fuerte presencia paramilitar, fueron excluidos.

Arauca, en particular, se convirtió en el campo de pruebas para experimentar este tipo de políticas brutalmente represivas agenciadas por el gobierno de Uribe Vélez. Esas políticas implicaban detenciones arbitrarias en masa, violaciones sistemáticas de los derechos humanos, torturas, asesinatos, desapariciones, amenazas, acoso y todo tipo de atropellos en gran escala contra la población, los activistas sociales, políticos y defensores de derechos humanos a pesar de que el gobierno decía establecerlas para reducir la violencia.

La OXY y sus aliados, no contentos con haber vuelto a Caño Limón una base militar inexpugnable, decidieron transformar a Arauca en el principal teatro de operaciones militares en Colombia. Al mismo tiempo lo convertían en la zona donde mayor represión se ejerce sobre la población y, por ende, la más militarizada del país.

No se limitó a incrementar el pie de fuerza sino que intentó vincular a programas militares a parte de la población. Entre los programas implementados para cumplir tal propósito están los de soldados campesinos, soldados por un día, la red de informantes y la constitución de un cuerpo de civiles obligados a colaborar con los militares.

Una de las tácticas usadas por los militares para atacar a la población es la identificarse como paramilitares. Intentan con ello disimular su identidad y crear confusión. Hay muchos  ejemplos al respecto.

Una forma más que toma esta es la de aterrorizar a la población a través de operativo gigantescos en los cuales detienen indiscriminadamente a cientos de personas, las concentran en recintos cerrados, a la usanza de Pinochet, las marcan con tinta indeleble, las interrogan y a algunas de ellas las judicializan.

Papel importante y complementario en el desarrollo de la estrategia militar y política de las empresas multinacionales y del gobierno de los Estados Unidos lo han jugado el Comando Sur del Ejército de ese país y su Embajada en Bogotá, entidades las cuales han destinado cuantiosos fondos para profundizar la intervención extranjera en nuestro país. Uno de sus mecanismo ha sido el de patrocinar campañas cívico-militares, habitualmente realizadas por la Brigada XVIII, el Batallón 46 Contraguerrilla del Ejército y miembros de la Policía Nacional. El Comando Sur de Estados Unidos ha publicado que ha estado entrenando al menos en los últimos siete años a la Brigada XVIII del Ejército colombiano en planeación y ejecución de proyectos de acción cívica, como parte integrante del Plan Colombia.

Los objetivos de tales campañas han sido los de ganar reconocimiento social y político por parte del Estado oligárquico, sus fuerzas armadas y las compañías petroleras, especialmente la Oxy Colombia, a fin de quitarle apoyo a las organizaciones sociales de Arauca y, a su vez, aislar a las fuerzas insurgentes, quitándole “el agua al pez”.

Prácticamente cada semana hay un programa cívico-militar en marcha en el departamento de Arauca destinado supuestamente a “ayudar a la población en las áreas de salud, educación y desarrollo de la comunidad”. A esos programas se suman el propio programa social de la OXY, denominado “El Alcaraván que cumple funciones similares y cuyo propósito fundamental es el de lograr posicionar una imagen positiva de la petrolera dentro de la población sin llegar a hacer grandes inversiones. Nótese que el centro de acción de los programas cívico-militares son los tres municipios donde el conflicto es más agudo y por donde pasa el oleoducto Caño Limón-Coveñas, cuales son Saravena, Arauquita y Arauca.

Oxy Colombia, Repsol y ECOPETROL han promovido con entusiasmo estos programas. El 30 de abril de 2004 firmaron un acuerdo tripartito entre la Embajadora de Estados Unidos, en ese entonces Anne W. Patterson, el gobernador de Arauca Oscar Garrido Muñoz; el alcalde de Arauca Jorge Cedeño y la Asociación Cravo Norte, conformada por Oxy Colombia, Oxy Andina, Repsol y ECOPETROL para establecer un Centro Productivo de Desarrollo Comunitario y de Capacitación Laboral para el sector educativo y la población vulnerable y desplazada cuyo costo fue de 3.000 millones de pesos colombianos, financiados por partes iguales por la Agencia del gobierno de Estados Unidos de América para el Desarrollo Internacional –USAID-, la asociación Cravo Norte y la gobernación de Arauca. Ya antes USAID y la Asociación Cravo Norte han dado pequeños créditos y asistencia técnica para sus actividades agrícolas a algunos campesinos de la región.

Igualmente USAID ha financiado parte de la implementación del sistema acusatorio y de la acción de la fiscalía general de la nación en Colombia y en Arauca. Esta misma fiscalía es la que hace que sus funcionarios residan en la Brigada XVIII y orquesten las detenciones masivas contra los pobladores de los municipios que se encuentran ubicados dentro del cinturón petrolero.

Los siguientes son unos cuantos ejemplos de los sucesos violentos orquestados por las transnacionales del petróleo y el Estado colombiano, en contra de las comunidades y organizaciones sociales en Arauca:


1. Masacre Santo Domingo

1.1. Hechos:

Santo  Domingo es un caserío del municipio de Tame, (departamento de Arauca – Colombia) y está atravesado por la vía denominada “ruta de los libertadores”, que comunica internacionalmente las ciudades de Quito (Ecuador) – Bogota - Arauca (Colombia) – Caracas (Venezuela). Antes de la masacre, el caserío habitaban 247 personas, cuyas principales actividades económicas eran la ganadería, la agricultura y la cría de aves de corral.

El sábado 12 de diciembre de 1998, siendo las tres y treinta minutos de la tarde, en el marco de un operativo militar ejecutado por la Brigada XVIII del Ejército Nacional de Colombia, con sede en Arauca, se inició un enfrentamiento con miembros del décimo frente de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia -FARC-, el cual se prologó hasta el día siguiente, 13 de diciembre; esta confrontación armada se desarrolló en la vereda La Siberia, cercana al caserío de Santo Domingo  del municipio de Tame.

El domingo 13 de diciembre, la Junta de Acción Comunal del caserío había convocado a sus habitantes y demás veredas cercanas, a participar en una serie de actividades lúdicas y deportivas, en el marco de un espacio de integración y recreación de la comunidad.

Siendo las 10:00 horas aproximadamente, en desarrollo de la mencionada operación militar por parte de fuerzas combinadas del Ejército Nacional y la Fuerza Aérea Colombiana, un número no determinado de helicópteros de guerra, empezaron a sobrevolar el caserío. Ante el temor de ser atacados por estas aeronaves, la población de Santo Domingo decidió salir a la carretera, que es la calle principal del caserío, agitando pañuelos blancos para que los pilotos se percataran de que eran civiles los que se encontraban en el lugar.

No obstante este esfuerzo, aproximadamente 30 minutos después, uno de los helicópteros oficiales lanzó un dispositivo de bombas llamado Cluster, las cuales impactaron en la vía principal del caserío y sus alrededores. Este bombardeo fue dirigido hacia la población a través de la información aportada por un avión civil tipo Sky Master, tripulado por tres ciudadanos estadounidenses, propiedad de la empresa AIR SCAN INC., que se encontraba en Colombia contratada por ECOPETROL y la OXY para monitorear el oleoducto Caño Limón - Coveñas. Además, en el operativo militar participó el helicóptero civil M17, perteneciente a la misma compañía petrolera; de acuerdo al contrato interinstitucional, ésta aeronave prestaba apoyo a la Brigada 18 para transportar personal.

Una vez ocurrido el bombardeo, la población civil que habitaba el caserío Santo Domingo, se vio obligada a abandonar sus viviendas, llevando consigo a los heridos, esfuerzo que se intentó obstaculizar por parte de los helicópteros oficiales, a través de ametrallamientos contra uno de los vehículos en que se transportaba la población.

En las horas de la tarde de ese mismo día, las tropas oficiales ocuparon el caserío, lo cual duró de 17 días. Durante este lapso, los soldados allanaron ilegalmente las viviendas, fueron saqueados los comercios, destruidos los enseres y hurtados dineros y joyas y consumidas gallinas.

A consecuencia de esta operación militar fueron asesinadas 17 personas, entre ellas 7 menores de edad: TERESA MOJICA HERNÁNDEZ, RODOLFO CARRILLO MORA, SALOMÓN NEITE, LUIS CARLOS NEITE MÉNDEZ, CARMEN ANTONIO DÍAZ COBOS, EDILMA LEAL PACHECO, LUIS ORLANDO MARTÍNEZ CARREÑO, NANCY ÁVILA ABAUNZA, PABLO SUÁREZ DAZA, ARNULFO ARCINIEGAS CALVO, MARÍA YOLANDA RANGEL; los menores de edad: OSCAR ESNEIDER VANEGAS TULIVIA, JOHANY HERNÁNDEZ BECERRA, LUIS CARLOS NEITE MÉNDEZ, DEISY CATHERINE CÁRDENAS, EDNA MARGARITA BELLO TILANO, JAIME CASTRO BELLO.

Además, fueron heridas 13 personas: MARIO GALVIS GELVES, AMALIO NEITE GONZÁLEZ, NEFTALY NEITE GONZÁLEZ, EDWIN FERNANDO VENEGAS TULIVIA, LUDWIN VANEGAS MUÑOZ, FREDY YOVANY MÓNOGA VILLAMIZAR, MARÍA CENOBIA PANQUEVA DE MOLINA, XIOMARA GARCÍA GUEVARA, MÓNICA BELLO TILANO, ERINSON OLIMPO CÁRDENAS TILANO, RICARDO RAMÍREZ, ALBA GARCÍA GUEVARA, MARYOLI AGUDELO, HILDA BARRANCO BASTILLA, MILCIADES BONILLA OSTOS, ROSMIRA DAZA ROJAS, MARIBEL DAZA ROJAS, JOSÉ AGUDELO, MARINA ARÉVALO, FREDY MORA, ADELA CARRILLO.

Es de anotar que los integrantes del equipo de fútbol de Caño Verde intentaron abandonar el caserío el día de los hechos a las 5 de la mañana, al sentir amenazada su integridad por los continuos ametrallamientos aéreos que se habían producido desde el día anterior. Este intento fue impedido por miembros del Ejército Nacional, quienes impidieron la salida de los deportistas, de los cuales 4 resultaron muertos y 2 heridos.

1.2. Pruebas:

• Indagatoria rendida por el capitán César Romero Pradilla, comandante del helicóptero UH-1H de la FAC: constata el transporte de los dispositivos Cluster desde la sede de la Brigada XVIII – ciudad de Arauca- hasta la sede administrativa del complejo petrolero de Caño Limón, a órdenes del oficial de enlace de la FAC. Lo anterior, con objeto de apoyar a la tropa en un punto ubicado aproximadamente a 1200 mts. al norte de Santo Domingo. Así mismo, constata el conocimiento previo del blanco, gracias a las filmaciones e informaciones aportadas por el avión Sky Master y a la posterior verificación del mismo realizada con orientación de la tripulación del helicóptero de la FAC H500 y el lanzamiento de la bomba a las 10:00 a.m.

• Informe FBI: El directo responsable de los vídeos era el encargado de la seguridad de la OXY, para entonces un mayor retirado del Ejército. Se encontró un fragmento de bomba tipo “cluster” de fabricación estadounidense, la misma que emplea la FAC en sus operaciones militares.

• Informe de admisibilidad ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (marzo 6 de 2003): “La CIDH nota que transcurridos más de cuatro años de ocurridos los hechos sólo en fecha reciente se ha establecido la jurisdicción ante la cual debe adelantarse el esclarecimiento judicial de la muerte de civiles, incluyendo niños y niñas, ocurrido en el caserío de Santo Domingo en diciembre de 1998.  Más allá de la idoneidad de los recursos empleados para establecer la responsabilidad individual de los implicados, el retardo en definir el avance de la investigación sugiere que las víctimas y sus familiares no han contado con un recurso efectivo en los términos del artículo 46(2) de la Convención Americana y por lo tanto, deben quedar exceptuados de agotar dichos recursos antes de recurrir al sistema interamericano en búsqueda de protección”.

• Trascripción de las grabaciones correspondientes a las operaciones aéreas adelantadas por el personal colombiano y estadounidense que participó en los hechos.

• Informe sobre la operación “Relámpago II”, emitido por el teniente Guillermo Olaya Acevedo de la Fuerza Aérea Colombiana, en diciembre 30 de 1998.

• Declaración teniente GERMÁN DAVID LAMILLA SANTOS, quien comandaba el helicóptero HUGHUES - 500 con matrícula FAC4257, rendida ante la jurisdicción penal militar en febrero 9 de 1999: confirma la participación de varios helicópteros de la FAC, entre ellos el UH1H comandado por CESAR ROMERO PRADILLA, el cual fue el que lanzó el dispositivo Cluster sobre el caserío; así mismo confirma que las coordenadas de lanzamiento estaban previamente escritas en los requerimiento aéreos de la Brigada y en las órdenes de vuelo que emitió el comandante del componente aéreo. También confirma la participación del avión Sky Master en el desarrollo de la operación.

• Declaración del Brigadier General LUIS HERNANDO BARBOSA HERNÁNDEZ (se desempeñaba como jefe del departamento B2 del Estado Mayor Conjunto del Ejército Nacional): confirma la ejecución de la operación “Relámpago 2” por parte del batallón de contraguerrilla no. 6 contra los frentes 45 y 10 de las FARC, la fecha y lugar en que sucedió y la participación del helicóptero M17, que era propiedad de la OXY y que de acuerdo a un contrato interinstitucional prestaba apoyo a la Brigada XVIII en el transporte de personal.

• Declaración del Mayor de la Fuerza Aérea SERGIO ANDRÉS GARZÓN VÉLEZ, rendida ante la jurisdicción penal militar, en febrero 7 de 1999. Confirma: que previamente a la realización de las operaciones aéreas en la zona del combate se realizó una reunión de planeamiento en la sala G del complejo de Caño Limón; la participación del helicóptero UH1H de la FAC; la presencia en Santo Domingo de unas 30 a 50 personas vestidas de civil, “caminando tranquilamente por la vía, las cuales se quedaban quietas, mirándonos cuando pasábamos… …la gran mayoría de estas personas vestían ropa blanca, lo que facilitaba su identificación” , apreciaciones que pudo realizar a las 10:00 horas.

• Informes sobre necropsias Instituto de Medicina Legal – Seccional Arauca

• Informes sobre lesionados, emitidos por el Instituto de Medicina Legal – Seccional Arauca

• Testimonios de los miembros de la tripulación de uno de los helicópteros militares: confirman que el operativo en Santo Domingo fue dirigido por ciudadanos estadounidenses que tripulaban el avión SKY MASTER, adscrito a la firma AIRSCAN INC. (ver indagatoria de HÉCTOR MARIO HERNÁNDEZ).
• Reporte operacional emitido por la FAC en diciembre 13 de 1998 sobre hechos de Santo Domingo.

• Documento que prueba la relación entre la empresa AIR SCAN y el Ejército y la participación en la seguridad del oleoducto Caño Limón - Coveñas.

• Informe balístico emitido por el CTI de la Fiscalía en abril 28 de 2000, con base en inspecciones en el lugar de los hechos y experticio realizado en la base aérea de Apiay sobre el dispositivo Cluster: constata la relación del referito armamento militar con los hechos de Santo Domingo.

• Denuncia presentada ante la presidencia de la República por el Comité Ds. Hs. Joel Sierra

• Registro defunción de ÁNGEL TRIFILOS, quien fuera testigo de los hechos (asesinado por paramilitares en TAME).

• Declaración de HÉCTOR FABIO VELÁSQUEZ CHÁVEZ, rendida en julio 10 de 2003, ante la unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía General de la Nación.
• Indagatoria del teniente de la FAC, JOHAN JIMÉNEZ VALENCIA, rendida en mayo 24 de 2001

• Respuesta de Air Scan al requerimiento del Juzgado Penal Militar.

• Fallo disciplinario de sanción contra los miembros de la Fuerza Aérea Colombiana (primera instancia) emitido en octubre 2 de 2002, por la comisión especial disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación

• Fallo disciplinario de sanción contra los miembros de la Fuerza Aérea Colombiana (segunda instancia) emitido en diciembre 19 de 2002, por la Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación

• Informe TIO.

• Denuncia de Velasco contra Joel Sierra y HV.

• Resolución inhibitoria del proceso penal adelantado en el juzgado 12 de instrucción penal militar (Ejército nacional), emitida en diciembre 28 de 1998

• Resolución inhibitoria del proceso penal adelantado por la oficina de instrucción penal militar  especial de la Fuerza Aérea Colombiana, emitida en mayo 20 de 1999.

1.3. Respuestas del estado

- En un primero momento, el comandante de la Fuerza Aérea Colombiana, general Héctor Fabio Velasco, negó cualquier participación de sus hombres en los hechos, aduciendo que la masacre había sido consecuencia de la explosión de un vehículo cargado de explosivos accionado por las FARC.

- Posteriormente, a medida que avanzaba la investigación,  Velasco admitió que sí se había “caído” una bomba, pero que había hecho impacto a un kilómetro de distancia del poblado.

- Cuando el FBI concluyó que en los cuerpos de las víctimas había fragmentos de una bomba tipo “Cluster” de fabricación estadounidense y usada regularmente por la FAC, el general  respondió que la guerrilla “de alguna manera había conseguido una bomba de este tipo y la había colocado en un carro para implicar luego a la Fuerza Aérea”.

- En junio de 1999, el general Velasco instauró denuncia penal ante el fiscal general de la nación, contra dos de las organizaciones defensoras de los derechos humanos que acompañaron el caso (Humanidad Vigente - Corporación Jurídica y el Comité Regional de Derechos Humanos Joel Sierra), por el supuesto delito de calumnia, representado en las denuncias que estas organizaciones hicieron en contra de las fuerzas militares.

- Declaración del Brigadier General LUIS HERNANDO BARBOSA HERNÁNDEZ (se desempeñaba como jefe del departamento B2 del Estado Mayor Conjunto del Ejército Nacional): Afirma que la muerte de los civiles fue ocasionada por la mala manipulación de una bomba puesta por “bandidos de las FARC” en un vehículo que se encontraba inmovilizado en el caserío. Esta afirmación dice haberla obtenido de la población de Santo Domingo, de algunos periodistas que se hicieron presentes en el lugar de los hechos, y por dos guerrilleros que se entregaron a la Brigada 18, que participaron en los combates.

- Respecto de la masacre de Santo Domingo, se inició indagación preliminar en la jurisdicción penal militar. El proceso adelantado por el Ejército Nacional fue archivada el 28 de diciembre de 1998 con la justificación de que no habrían existido imputaciones contra efectivos de esa rama de las fuerzas militares; el Juez de Instrucción Penal Militar de la Base Aérea de Apiay, por su parte, archivó la investigación contra miembros de la Fuerza Aérea Colombiana el 20 de mayo de 1999, sobre la base de que la conducta de los tripulantes de las aeronaves involucradas era atípica.

- Homicidio del testigo presencial del caso: ÁNGEL TRIFILOS (asesinado por paramilitares en TAME) Enero 25 de 2002.

1.4. Situación actual – en relación con la aplicación de justicia

- Condena administrativa contra el Estado, proferida por el Tribunal Contencioso de Arauca, sentencia que fue apelada tanto por el demandado por los demandantes y actualmente se encuentra en el Consejo de Estado para aprobar un acuerdo conciliatorio sobre las indemnizaciones a las víctimas, en noviembre de 2006.


2. Masacre La Cabuya

2.1. Hechos:

Entre el 5 y el 20 noviembre de 1998 las fuerzas militares colombianas hicieron masiva presencia en el área limítrofe de los departamentos de Arauca y Casanare, específicamente a lo largo de la denominada Ruta de los Libertadores, vía que comunica esas dos entidades territoriales. Lo anterior, en el marco de las operaciones “Epsilon” (desarrollada por tropas del batallón Navas Pardo adscrito a la Brigada XVIII con sede en Arauca) y “Oro negro III” (tropas adscritas a la Brigada XVI del Casanare), cuyo fin era proporcionar seguridad al equipo sísmico de propiedad de ECOPETROL que era trasladado desde el puente de La Cabuya hasta el municipio de Yopal, proveniente del campo de exploración de Tocoragua. De tal forma, se militarizó completamente la vía Tame – Yopal, pasando por La Cabuya y Sácama.

Durante el desarrollo de los mencionados operativos militares, la tropas ejercieron labores de patrullaje a lo largo de las vías y arribaron en varias ocasiones al caserío de La Cabuya, donde hostigaban verbalmente a la población campesina, señalándolos como colaboradores de la guerrilla y proferían amenazas en relación con la posterior llegada de unos supuestos paramilitares que no tendrían obstáculo alguno para acabar con sus vidas.

Entre las 11:00 de la noche del 19 y la una de la mañana del 20 de noviembre, más de 20 individuos portando fusiles y armas cortopunzantes, la gran mayoría uniformados con prendas de uso privativo de las Fuerzas Militares,  ocultando sus rostros con pasamontañas, pañoletas o pinturas de color oscuro, ingresaron al caserío de La Cabuya, registraron varias viviendas e iniciaron una serie de homicidios: la señora ALICIA RAMÍREZ MÉNDEZ, quien se encontraba en estado de embarazo, y su hermana LEONOR MERCEDES CARRILLO, fueron degolladas y rematadas con arma de fuego, en presencia de sus menores hijos Fernando e Ingrid.

Posteriormente, los uniformados registraron los demás inmuebles del caserío, preguntando por los hombres adultos que habitaban allí, sustrajeron los bienes de valor que encontraron en los negocios y procedieron a asesinar con armas blancas y de fuego a EFRAÍN CARVAJAL VALBUENA, SAMUEL SILVA RAMÍREZ Y RITO ANTONIO DÍAZ DUARTE. Éste último había sido Igualmente retenido por parte de los miembros del Ejército Nacional, quienes lo señalaron como integrante de la guerrilla, por el simple hecho estar recolectando aportes económicos para la reparación de la vía, en su calidad de presidente de la Junta de Acción Comunal de la vereda.

Los criminales amenazaron de muerte a los sobrevivientes de la masacre que se negaran a abandonar el caserío y posteriormente abandonaron la escena del crimen, alejándose en dirección al municipio de Hato Corozal – Casanare.

Los responsables de los operativos militares que respaldaron el crimen fueron los oficiales del Ejército Nacional Mayor ORLANDO PULIDO ROJAS, Teniente SANDRO QUINTERO CARREÑO, Capitán CARLOS ALBERTO MARTÍNEZ DE LA OSSA.

Algunos sobrevivientes de la masacre reconocieron entre el grupo de hombres armados que la perpetraron a algunos soldados pertenecientes a la Brigada XVI con jurisdicción en el departamento de Casanare.
 

2.2. Pruebas:

Declaración del coronel ALBERTO TOVAR FONSECA, comandante del grupo “guías del Casanare” y coordinador de la operación “Oro negro III”: constata la realización del operativo militar por parte de la Brigada XVI de Casanare y que su objetivo era la protección de la maquinaria de ECOPETROL.
Declaración del teniente ADOLFO ARTURO ROLÓN VILLAMIZAR, comandante de una contraguerrilla del Batallón Navas Pardo, adscrito a la Brigada XVIII: hace referencia a la actividad de recolección de aportes para la reparación de la carretera adelantada por el señor RITO ANTONIO DÍAZ SUÁREZ, calificándolo como “peaje ilegal”.

Declaración del soldado JERSON HERNÁNDEZ PEDRAZA, integrante de la compañía Alacrán del Batallón Navas Pardo, adscrito a la Brigada XVIII: constata la retención del señor RITO ANTONIO DÍAZ SUÁREZ, por parte del capitán CARLOS ALBERTO MARTÍNEZ DE LA OSSA, comandante de la referida compañía.

Acta de levantamiento de los cadáveres de las personas mencionadas, realizada por el inspector de policía del municipio de TAME.

Declaraciones de los siguientes habitantes de La Cabuya FILEMÓN MENDIVELSO, GRACIELA PARRA DE RINCON, JOSE FERNANDO MONROY, LILIANA ROA MONTAÑEZ: sobre las amenazas proferidas por miembros de las  fuerzas militares respecto de la llegada de los supuestos paramilitares.

Declaraciones de los testigos presenciales de los hechos: CEYLA MENDIVELSO TUAY, MILTON ALBERTO CARRILLO NIÑO, GILBERTO TUAY NARANJO, MARGOTH YANETH DELGADO, INGRID ANDREINA CARRILLO: reconocen en el grupo que realizó la masacre a miembros del Ejército Nacional, de los que habían permanecido en el sector las dos semanas anteriores; constatan que el Ejército permaneció en los alrededores de La Cabuya por lo menos hasta las 9:00 p. m. del 19 de noviembre.

Declaración de BONIFACIO SÁNCHEZ TOCARÍAS, para la fecha de los hechos  ocupaba el cargo de Inspector de Policía de La Cabuya: manifiesta haber visto personas que pasearon por el caserío con el rostro cubierto y acompañados de soldados pertenecientes al batallón 25 de la Brigada XVI.

Sentencia penal condenatoria contra el teniente SANDRO QUINTERO

Sentencia penal condenatoria contra los soldados que participaron en la masacre.

Sentencia penal condenatoria contra el mayor ORLANDO PULIDO ROJAS.

Sentencia proferida por el Tribunal Contencioso Administrativo de Arauca en noviembre 19 de 2004, condenando el Estado Colombiano – Ministerio de Defensa.

Fallo disciplinario sancionando con destitución al mayor PULIDO ROJAS, al teniente SANDRO QUINTERO y a los soldados regulares.

2.3. Situación actual – en relación con la aplicación de justicia
• Sentencia penal condenatoria contra el teniente SANDRO QUINTERO

• Sentencia penal condenatoria contra los soldados que participaron en la masacre.

• Sentencia penal condenatoria contra el mayor ORLANDO PULIDO ROJAS.

• Sentencia proferida por el Tribunal Contencioso Administrativo de Arauca en noviembre 19 de 2004, condenando el Estado Colombiano – Ministerio de Defensa, por su responsabilidad por los daños morales y materiales causados a las víctimas y a sus familiares. El Estado apeló esta sentencia y actualmente se encuentra a la espera del fallo de segunda instancia.

• Fallo disciplinario sancionando con destitución al mayor PULIDO ROJAS, al teniente SANDRO QUINTERO y a los soldados regulares.

3. Masacre Flor Amarillo, Piñalito y Cravo Charo

3.1. Hechos:

El municipio de Tame se encuentra ubicado al sur oriente del Departamento de Arauca (Colombia). En los últimos años, Tame se ha convertido en el epicentro de la acción paramilitar, representando casi la mitad de los homicidios y desapariciones forzadas perpetrados en ese departamento. La ubicación geográfica de este municipio lo hace estratégico en términos de control militar de la región y en vía de acceso al departamento de Arauca, desde el Casanare, lugar donde se consolidó desde los años 80 la estrategia paramilitar y en el cual se encuentra ubicado el bloque petrolero Capachos, explotado por la transnacional REPSOL YPF.

El control militar de los corredores viales es considerado un elemento medular de las políticas de "seguridad democrática" impulsadas por el Gobierno Nacional. En Arauca, la Ruta de los Libertadores es la principal de ese departamento y ha sido proyectada para constituirse en una de las más importantes vías terrestres del país, dado que interconectará en un futuro a las ciudades de Bogotá y Caracas. Lo anterior fue corroborado por el Gobernador de Arauca, Sr. Julio Acosta Bernal, y por el comandante de la Brigada XVIII del Ejército Nacional, General Gustavo Matamoros.  En este sentido, el Gobierno Nacional y el departamental de Arauca adjudicaron a las Fuerzas Militares, a través de un contrato ínter administrativo, la rehabilitación de esa vía, proyecto actualmente en ejecución.

La zona rural del municipio de Tame en donde ocurrió la masacre del 19 y 20 de mayo se encontraba densamente militarizada por parte de las Brigadas XVIII y Móvil No. 5 del Ejército Nacional, que desarrollaban allí la “Operación Borrasca I", cuyo fin era combatir a los grupos guerrilleros asentados en las márgenes del río Ele. Es así como en las veredas Flor Amarillo, Los Andes, Piñalito, La Rochela, Cravo Charo, La Primavera, Costa Rica y Barcelona, específicamente en los caseríos de Pueblo Nuevo, La Horqueta, Casa de Zinc, Puente Tabla, El Botalón, Corocito, Macaguancito y Naranjitos, había presencia visible y notoria de tropas del Ejército Nacional, además de unidades militares ubicadas en áreas rurales distintas a los caseríos, tales como las que se encontraban en el sitio conocido como Caño Guarapo, en las inmediaciones de las veredas Piñalito y Nápoles.

Un grupo paramilitar, conformado por aproximadamente cien personas -entre ellas dos mujeres- que portaban armas largas, cortas y corto-punzantes, uniformes de uso exclusivo de las Fuerzas Militares y brazaletes de color azul que tenían inscritas en color blanco las letras BVA (sigla de la estructura paramilitar "Bloque Vencedores de Arauca "), se desplazó desde tempranas horas del día 19 de mayo de 2004 de la zona de Puerto Gaitán - municipio de Tame -, pasando por las veredas Carraos y El Templador, para llegar aproximadamente a las 10 de la mañana al caserío de Flor Amarillo, en el cual instalaron un retén que impidió el tránsito de los vehículos que circulaban por la vía que comunica los municipios de Tame y Arauca -conocida como Ruta de los Libertadores-, represando en el pequeño caserío un número cercano a los 100 vehículos.

Posteriormente, los paramilitares procedieron a reunir a los pobladores de Flor Amarillo a quienes una persona que se presentó como "comandante", los conminó a "trabajar con las autodefensas" a través de expresiones soeces y amenazantes. Esta persona advirtió en especial a los dueños de tiendas y negocios que tan sólo podrían continuar con esa actividad quienes se "carnetizaran en la cabecera de Tame, en un lugar que hallarían con facilidad", haciendo énfasis en que esta advertencia era perentoria y que quien la desobedeciera conocería las consecuencias cuando los paramilitares "visitaran" de nuevo el caserío.

Antes de terminar la reunión, el jefe paramilitar ordenó que dos encapuchados que lo acompañaban observaran al grupo de personas congregadas; así, los encapuchados señalaron a ELÍAS ORTIZ FLÓREZ, ALBERTO LINARES y JOSÉ DEL CARMEN ACERO, quienes residían en el caserío, y a los jóvenes VÍCTOR MANUEL MAZO MARTÍNEZ y ALEXANDER TORRES BOTELLO, jornaleros agrícolas que tenían domicilio en una vereda vecina del municipio de Arauquita.

Varios campesinos reconocieron en el grupo de agresores a una mujer delgada y de cabello rubio, que en días anteriores había recorrido los caseríos de Betoyes, Pueblo Nuevo y Flor Amarillo vistiendo uniforme del Ejército, en compañía de soldados de la Brigada Móvil No. 5. Los testigos también reconocieron a uno de los encapuchados, quien era un antiguo residente de la vereda La Perla, municipio de Tame, llamado NICASIO SÁNCHEZ y que había sido secuestrado por los paramilitares, junto con otras tres personas.

Antes de la 1 de la tarde, los paramilitares se dividieron: un grupo de ellos permaneció en el retén de Flor Amarillo amedrentando a los pobladores, mientras que el otro tomó la vía que de La Ruta de los Libertadores conduce a la vereda El Botalón, pasando por las veredas Los Andes, Piñalito y Nápoles. En la primera de éstas, los agresores forzaron a los pobladores a prepararles almuerzo y saquearon las tiendas del lugar. Mientras tanto, el otro grupo permaneció en Flor Amarillo hasta cerca de las 5:30 de la tarde, hora en que se dirigió hacia la vereda Piñalito. El primer grupo de paramilitares llevaba consigo a tres de los secuestrados y el otro a los dos restantes.

A las 6 de la tarde del 19 de mayo, el grupo que permanecía en la vereda Los Andes se retiró hacia la vereda Piñalito; habiendo avanzado aproximadamente 600 metros por esa vía, asesinaron al joven VÍCTOR MANUEL MAZO MARTÍNEZ, quien fue degollado y presentaba heridas de arma de fuego,  a eso de las 6:20 de la tarde.

Los paramilitares prosiguieron por la vía que conduce a la vereda de El Botalón, hasta un sitio conocido como Caño Guarapo, límite entre las veredas Piñalito y Nápoles. Allí asesinaron, degollándolo, a JOSÉ DEL CARMEN ACERO; miembros de la comunidad declararon que en este sitio había presencia de tropas del Ejército adscritas a la Brigada Móvil No. 5, las cuales se encontraban allí desde las horas de la mañana, donde se presentó un ligero enfrentamiento con guerrilleros, luego de lo cual el Ejercito procedió a realizar un retén sobre la vía, impidiendo el paso por algunas horas a varios ciudadanos. En horas de la noche las tropas oficiales permanecieron emboscadas en este lugar.

Después los paramilitares se regresaron de ese sitio hacia las inmediaciones de Los Andes, reteniendo allí a tres personas -una de ellas menor de edad- para que les sirvieran de guía y los condujeran a la vereda Turpiales; antes de internarse en la trocha que conduce a ese lugar, frente a la escuela La Amistad de la vereda Piñalito, los paramilitares asesinaron, también degollándolo, al campesino ALBERTO LINARES, de 57 años de edad. Unos metros más adelante, frente a un camino que conduce a la vereda Barcelona, ultimaron de la misma forma, al joven ALEXANDER TORRES BOTELLO.

Una vez tomaron la trocha hacia Turpiales, los paramilitares asesinaron al señor ELÍAS ORTIZ FLÓREZ, quien habría sido retenido tres horas antes, cuando éste intentaba huir. ELÍAS tenía 33 años y era empleado de la cooperativa campesina de Flor Amarillo y fue uno de los secuestrados contra quien mayor agresividad y furia mostraban los asesinos, pues afirmaban que "todos los miembros de las cooperativas eran guerrilleros".

Los paramilitares pernoctaron en un sitio ubicado entre Turpiales y Cravo Charo, caserío este al que arribaron aproximadamente a las 7.30 de la mañana del 20 de mayo, para proceder inmediatamente a reunir a los pobladores en un salón de la escuela. Allí un hombre encapuchado señaló a los campesinos ISMAEL ANTONIO TRIGO, DOMINGO ALFONSO FUENTES MENDIVELSO y CARLOS JULIO VEGA.

Posteriormente, el grupo paramilitar se dirigió al sitio llamado El Maraco, en el cual secuestró a ADOLFO CAMPOS RODRÍGUEZ y a ELEUTERIO VEGA RODRÍGUEZ; el primero fue dejado al cuidado de un pequeño grupo de paramilitares en El Maraco, mientras ELEUTERIO fue conducido al caserío La Primavera, en donde los paramilitares reunieron a los pobladores y secuestraron a MAXIAVEL ANAVE BARRERA y BERNARDO ANTONIO GAITÁN NIEVES. En esa vereda, frente a la Escuela 12 de Octubre y en presencia de los habitantes - incluidos menores de edad - fue vejado, torturado y asesinado ELEUTERIO VEGA.

Siendo aproximadamente las 8:30 de la mañana, sobrevoló el caserío La Primavera un helicóptero de las Fuerzas Militares, por lo que uno de los agresores pidió a sus compañeros y a los civiles que se ocultaran en las casas, a lo cual uno de los paramilitares respondió: "para qué nos vamos a esconder si somos los mismos".

Los paramilitares se retiraron de Cravo Charo y La Primavera poco después de las 9 de la mañana, habiendo asesinado al comerciante ISMAEL ANTONIO TRIGO, quien presentaba señales de tortura y muerte por degollamiento. Luego se dividieron en dos grupos: uno se desplazó hacia la vereda Barcelona y el otro se devolvió hacia El Maraco, donde hurtaron dos camionetas en las que se retiraron del sector, llevándose en calidad de secuestrados a los señores ADOLFO CAMPO, BERNARDO GAITÁN, MAXIAVEL ANAVE BARRERA, ALFONSO FUENTES MENDIVIELSO y CARLOS JULIO VEGA. Este grupo tomó la vía que conduce a la vereda Costa Rica, trayecto en el cual asesinaron al campesino BERNARDO GAITÁN.

Más adelante, el grupo paramilitar secuestró a otras tres personas, todas transeúntes de la vía, y asesinó al campesino MAXIAVEL ANAVE BARRERA. Los dos grupos se volvieron a encontrar en el sitio donde se unen las vías que de Costa Rica y Barcelona conducen a La Ruta de los Libertadores. Allí liberaron a las tres personas que habían secuestrado minutos antes y prosiguieron, en tres camionetas, un par de motos y otros a pie, llevándose consigo secuestrados a ADOLFO CAMPOS RODRÍGUEZ, DOMINGO ALFONSO FUENTES MENDIVELSO y CARLOS JULIO VEGA. Los cuerpos de estas víctimas fueron hallados en el sitio conocido como “La Y” de Rincón Hondo, lugar en el que se bifurca la vía que de esa vereda conduce a Betoyes y Puerto Rondón. El señor CARLOS JULIO VEGA permanece desaparecido.

El teniente coronel CRUZ PERDOMO, quien para la fecha de los hechos ocupaba el cargo de comandante de la Brigada Móvil V, murió de manera violenta, hecho que fue presentado por el Ejército como un supuesto suicidio. Extrañamente, este suceso ocurrió en la sede del batallón Navas Pardo, una semana después de perpetrada la masacre.

3.2. Pruebas:

Declaración del general Gustavo Matamoros, comandante de la Brigada XVIII del Ejército.
Testimonio (en la audiencia) de la señora CLEMENTINA ANABE, testigo presencial de los hechos.
Prueba de la muerte de El teniente coronel CRUZ PERDOMO, quien para la fecha de los hechos ocupaba el cargo de comandante de la Brigada Móvil V.
Operativo “Borrasca I”.
Solicitud de activación del mecanismo de Alerta Temprana, presentada por el Comité Regional de Derechos Humanos “Joel Sierra”, en abril 13 de 2004.
Activación del mecanismo de Alerta Temprana por parte de la Defensoría del Pueblo.
Informe de la Comisión de Verificación de la masacre

3.2. Respuestas del estado
En entrevistas con la Comisión de Verificación de la masacre del 19 y 20 de mayo del 2004, las autoridades del departamento de Arauca se pronuncian sobre los crímenes:

* JULIO ENRIQUE ACOSTA BERNAL, gobernador: sugiere que las víctimas eran “terroristas disfrazados de población civil” que se dedicaban a “atracar en la carretera”; así mismo, intenta minimizar el crimen, aduciendo una supuesta mejora en la situación de derechos humanos de la región, a la vez que elude la responsabilidad de las autoridades, al afirmar: "¿Qué estamos haciendo las autoridades?, tratando de que el Ejército, la Policía y el DAS, inclusive ya llevamos el DAS a Tame, ya tenemos allá para que hagan inteligencia. Pero como es un pueblito en medio de una selva pues los bandidos llegan disfrazados de campesinos (...) Nosotros movemos al Ejército, yo soy un tipo que molesto: mire que por allí hicieron presencia las autodefensas, cáiganles, por allí está el ELN hágale, por allí anda las FARC... pero no podemos hacer más de eso, garantizarle a una persona la seguridad en una selva de estas es muy difícil (...) En los pueblos ahora afortunadamente tenemos tranquilidad (...) En el campo ha sido el problema, entonces la gente en el campo, el que esté en la mitad, pues se lo llevan".
 
* General GUSTAVO MATAMOROS CAMACHO, comandante de la Brigada XVIII del Ejército Nacional: Informó que sus tropas hicieron presencia en las veredas La Primavera, Cravo Charo y Flor Amarillo diez días antes de la Operación Borrasca; que el día de los hechos no había tropa y que posiblemente los paramilitares se mantuvieron en el lugar de los hechos porque el Ejército llegó y después se salió, lo que les permitió entrar; que la tropa más cercanas al lugar de los hechos fue la Brigada Móvil No. 5 que al día siguiente estuvo cerca de Piñalito; refiriéndose a las víctimas expresó que “Aquí la población son muchos milicianos, la guerrilla no tiene grandes campamentos como en otras zonas. Son pueblos guerrilleros (...) Es difícil establecer la condición de las personas: si son civiles, delincuentes..."

* Ángel Gómez, Secretario de Gobierno del municipio de Tame: "Los paramilitares tienen control territorial sobre la sabana de Arauca, deben estar en algún sitio pero no sabemos, sino la autoridad ya habría ido a buscarlos". Solamente tenemos la gran dificultad de los grupos insurgentes de este país. Son la perdición porque tenemos las vacunas cotidianas contra el sector productivo, el cierre de las vías (...)".


3.3. Situación actual – en relación con la aplicación de justicia
* El proceso penal adelantado por la jurisdicción ordinaria se encuentra en etapa de instrucción (investigación), siendo sindicados algunos paramilitares. Los militares involucrados en la masacre no han sido vinculados.

* No se ha proferido sentencia respecto de la demanda de reparación interpuesta.


4. Caso masacre en Caño Seco

4.1. Hechos:

El 4 de agosto de 2004, varios dirigente sociales del departamento de Arauca se encontraban reunidos en la vereda Caño Seco, del municipio de Saravena, en la casa de habitación del presidente de la Asociación Nacional de Trabajadores de Hospitales y Clínicas de Colombia -ANTHOC-, JORGE PRIETO CHAMUCERO. Tal reunión tuvo como fin hacer una valoración de la situación regional en los aspectos sociales y humanitarios. Al finalizar la jornada, los dirigentes sociales HECTOR ALIRIO MARTÍNEZ (presidente de la Asociación de Usuarios Campesinos de Arauca -ADUC-), LEONEL GOYENECHE GOYENECHE y MARÍA RAQUEL CASTRO (miembros de la Asociación de Educadores de Arauca -ASEDAR- y de la Central Unitaria de Trabajadores -CUT-), decidieron pasar la noche en la mencionada vivienda, junto con JORGE PRIETO y su compañera permanente MARÍA CONSTANZA JAIMES, mientras que SAMUEL MORALES FLÓREZ, presidente de la Central Unitaria de Trabajadores  - subdirectiva Arauca-, se hospedó en una casa vecina.

En la madrugada (aproximadamente a las 5:00 a.m.) del día siguiente, 5 de agosto de 2004, tropas pertenecientes al grupo mecanizado Revéis Pizarro adscrito a la Brigada XVIII del Ejército Nacional irrumpieron en el caserío, rodeándolo totalmente e impidiendo la entrada y la salida de los habitantes. A las 5:40 a.m., varios soldados se dirigieron a la vivienda de JORGE PRIETO y golpearon la puerta a la vez que anunciaban su presencia. El mencionado dirigente sindical salió de la casa y posteriormente los militares sacaron a  ALIRIO MARTÍNEZ y a LEONEL GOYENECHE, les ordenaron arrodillarse a un lado de la casa y procedieron a asesinarlos con ráfagas de fusil.

Luego los soldados arrastraron los cuerpos hacia un lugar apartado de la vivienda, pusieron armas cortas cerca de los mismos y realizaron varios disparos más, con el fin de simular un enfrentamiento, para lo cual también ordenaron a los habitantes no salir de sus respectivas casas.

Los cuerpos de las víctimas fueron arrastrados por las calles y goleados en presencia de la población, y trasladados hacia un helicóptero que llegó a las 10:00 con el fin de trasladarlos a la sede del Batallón ubicada en Saravena; de igual manera, los militares obligaron a subir a SAMUEL MORALES, RAQUEL CASTRO y MARÍA CONSTANZA JAIMES, en calidad de detenidos.

El operativo en el marco del cual se cometió la masacre, fue ordenado por el teniente coronel LUIS FRANCISCO MEDINA CORREDOR, en su calidad de comandante de grupo mecanizado Revéis Pizarro, a través de la orden de operación Nº 030 “tormenta 1”, con fecha 3 de agosto de 2004, bajo el mando del subteniente ALEXANDER LEÓN RIVERO y del subteniente JUAN CARLOS ORDÓÑES CAÑÓN.

Después del hecho criminal, las tropas oficiales permanecieron en el caserío durante 8 días, lapso en el cual reunieron a la comunidad con el fin de  prometerles ayudas económicas y solución problemas relacionados con obras públicas. Lo anterior, con la intención de acallar las voces de denuncia de los habitantes del caserío, respecto de la masacre.

Junto con el Ejército Nacional, en la masacre participó el civil DANIEL CABALLERO ROZO, quien fue el encargado de señalar a las víctimas antes de ser asesinadas, procedimiento que también realizó respecto de SAMUEL MORALES, con el fin de que fuera capturado. Esta persona se presentó como un supuesto desmovilizado de las organizaciones insurgentes, motivo por el cual recibió apoyo económico del Estado y situación que fue utilizada por las autoridades para intentar justificar la acusación que sostuvo contra las víctimas y dos de los sobrevivientes de la masacre por el delito de rebelión.

4.2. Pruebas:
• Testimonios Raquel Castro o de Samuel Morales (Audiencia).

• Informes CTI de agosto 8 de 2004, de agosto 20 de 2004 (balística).

• Informes CTI no. QA 184387.

• Informe Instituto Medicina Legal sobre la manera de muerte (posición cuerpos y trayectoria de proyectiles).

• Declaración de MARÍA CONSTANZA JAIMES, testigo presencial de los hechos.

• Informe Amnistía Internacional.

• Informe de la Operación “Tormenta I”

• Pliego de cargos disciplinarios contra oficiales, suboficiales y soldados, emitido por la Procuraduría General de la Nación en mayo 2 de 2006.


4.3. Respuestas del estado

El Ejército informó que habían realizado una operación con el fin de dar captura a miembros de las organizaciones insurgentes ELN y FARC, afirmación que, de paso, utilizó para iniciar la respectiva investigación en la jurisdicción penal militar.

El juzgado penal del circuito de Saravena condenó a SAMUEL MORALES, RAQUEL CASTRO y otros dirigentes sociales de la región, a 6 años de prisión por el delito de rebelión, lo que se utilizó para justificar la masacre, al cubrir a las víctimas con el manto de la misma acusación.


4.5. Situación actual – en relación con la aplicación de justicia

La jurisdicción ordinaria adelantó investigación penal contra los autores materiales de la masacre, acusando a los cuatro militares y el civil por el delito de homicidio agravado; actualmente se encuentra pendiente proferir sentencia de primera instancia. A este proceso no se vinculó a los oficiales de inteligencia y operación que participaron en la planeación y diseño del crimen.

La Procuraduría General de la Nación levantó pliego de cargos contra los autores materiales de la masacre y los tres coroneles que participaron en la planeación; este proceso se encuentra a la espera de fallo.


5. Homicidio de Hugo Horacio Hurtado

5.1. Hechos:

El día 27 de marzo de 2002, el joven de 17 años HUGO HORACIO HURTADO CASTRO, su hermano menor POLICARPO (de 12 años) y tres menores más, se encontraban en el área rural de la vereda Los Angelitos (perteneciente al municipio de Arauquita), que colinda con el campo petrolero Caño Limón. Los pequeños estaban a la caza de un chigüiro , el cual iba a ser utilizado en una celebración religiosa que se realizaba ese mismo día (miércoles de ceniza), motivo por el cual portaban implementos como arpones y una escopeta.

Cuando los menores habían penetrado en terrenos pertenecientes al campo petrolero, un vigilante, empleado de la empresa que presta seguridad al mismo, pasó haciendo la ronda que se acostumbra cada hora. Minutos después, hicieron presencia en el sitio soldados del Ejército Nacional, quienes sin previo aviso empezaron a disparar contra los menores, ocasionando la muerte del joven HUGO HORACIO, en el momento en que éste cubría con su cuerpo a su hermanito POLICARPO. Cuando los militares se percataron de que sus blancos eran niños campesinos, uno de ellos sugirió que terminaran de matar a todos, para no dejar testigos de los hechos. Fue así como los soldados cargaron el cadáver en una de las camionetas en que se transportaban y obligaron a los demás niños a subir a la misma, escondiéndolos debajo de una carpa.

Las madres de los pequeños, al escuchar los disparos realizados por el Ejército en el lugar donde sabían se encontraban sus hijos cazando chigüiros, se dirigieron al lugar para averiguar lo que estaba pasando. Fue así como preguntaron a los militares acerca del paradero de los niños, a lo que aquéllos contestaron que no tenían conocimiento alguno. Esta respuesta fue desmentida en el momento en que uno de los pequeños logró gritar y sacar su cabeza de la carpa que los cubría, por lo que las madres se percataron de lo que realmente sucedía.

Pese a que los familiares de HUGO HORACIO reclamaron sus despojos mortales a los soldados que lo habían asesinado, éstos se negaron a entregarlo, lo cual sólo hicieron después de tres días en la ciudad de Arauca capital.

El anterior caso es una prueba evidente de la política de seguridad de la explotación petrolera, según la cual los campesinos y cualquier civil que se acerque a sus terrenos se constituye en un peligro y, por tanto, en objetivo militar.

5.2. Pruebas:

• Testimonio del hermano, POLICARPO HURTADO, testigo presencial y sobreviviente (audiencia)

• Sentencia condenatoria contra el Estado, emitida por el Tribunal Administrativo de Arauca, en agosto 4 de 2005.

• Registro civil de defunción de la víctima

5.3. Situación actual – en relación con la aplicación de justicia
No se inició investigación penal. Respecto a la demanda de reparación directa, ésta fue presentada ante el Tribunal Contencioso Administrativo de Arauca, el cual falló a favor de los familiares de la víctima, pero el Estado apeló la decisión, y el proceso se encuentra actualmente a la espera del fallo de segunda instancia.


6. Masacre sabanas de Cravo Norte

6.1. Hechos:
Los días 10 y 11 de marzo de 2004, en el municipio de Cravo Norte, fueron torturadas y asesinadas más de 10 personas, por parte de hombres armados que portaban uniformes del Ejército Nacional y armas de corto y largo alcance.

Este grupo fue identificado por pobladores de la zona como integrantes del programa presidencia “soldados campesinos”, que desplegaban un fuerte operativo militar en los sectores rurales del municipio en razón de las festividades que se celebraban en esos días. Tal información fue difundida por el mismo Ejército Nacional a través de la emisora de radio local, en los días previos a la fecha de los hechos.

Tales soldados se identificaron como miembros de las autodefensas, y luego de cometer los crímenes, ordenaron a algunos testigos que avisaran a los familiares de las víctimas que sólo podrían recoger los cuerpos cuatro días después, o de lo contrario correrían su misma suerte.

Efectivamente así sucedió con el señor Cisneros, quien se encontraba en su finca, a donde lo llamaron con el fin de informarle sobre la muerte de su  hijo Urley y su sobrino Freddy; desafortunamente en el momento en que entró la llamada, en la casa del señor Cisneros se encontraba otro grupo de soldados campesinos y uno de ellos fue el que atendió el teléfono; al recibir la información y percatarse de que el dueño de la finca era el padre de dos de las víctimas, ordenó a los demás que lo amarraran. Ellos procedieron a torturarlo quemándolo con un hierro de marcar ganado, hasta el punto de llevar al señor Cisneros a la desesperada súplica de que le dieran muerte para acabar con el sufrimiento físico.

Dentro de las víctimas se encontraba el joven EDWARD ALEXANDER VARGAS LINARES, coordinador de la seccional Arauca del Comité Regional de Derechos Humanos “Joel Sierra”, quien había sido detenido en noviembre de 2003 a raíz de un proceso penal por rebelión adelantado en su contra y que había obtenido su libertad dos semanas antes de los hechos, gracias a que se demostró su inocencia.

Así mismo, fue asesinado TIBERIO CARDOZO DUEÑAS, dirigente de la Asociación Departamental de Usurarios Campesinos -ADUC-, quien también había sido objeto del montaje judicial en el mismo proceso que ordenó la captura del líder campesino HECTOR ALIRIO MARTÍNEZ, asesinado en la masacre de Caño Seco y del dirigente sindical SAMUEL MORALES FLÓREZ, sobreviviente de la misma.

Además, se identificó entre las víctimas a tres campesinos miembros de una misma familia, de apellido Cisneros, quienes habitaban en una vereda cercana (Cañas Bravas).

Hasta la fecha no se conoce el número exacto y la identidad de las víctimas de esta masacre, por cuanto los criminales impidieron que los familiares llegaran al lugar de los hechos para recoger los cadáveres. Para lograrlo, fue necesaria la participación de una comisión humanitaria conformada por el Comité Internacional de la Cruz Roja, la Defensoría del Pueblo, la personería municipal y el párroco de Cravo Norte, quienes confirmaron que las víctimas no estaban vestidas de camuflado ni portaban armas, contrario a lo afirmado por el Ejército.

Al día siguiente de la masacre, en el programa radial  “La Voz del Cinaruco”, el mayor…….. dio un parte de guerra, afirmando que en un supuesto enfrentamiento con un reducto del ELN, el Ejército nacional había dado de baja a 5 “bandoleros”.

6.2. Pruebas:
• Testimonio (audiencia) de NINI JOHANA CARDOZO DUEÑAS, hija de TIBERIO CARDOZO.
• Declaraciones rendidas en proceso penal
• Informes del Ejército
• Actas de levantamiento y/o necropsias

 

7. Estrategia de judicialización

7.1. Hechos:
Otro de los mecanismos de represión y destrucción de la organización social que en el departamento se opone e la política petrolera implementada por las empresas transnacionales y el estado colombiano, está representado en la estrategia de judicialización de sus principales dirigentes, que consiste en fabricar acusaciones por el delito de rebelión y otros relacionados.

Para esto, se cuenta con la participación de la Unidad Especializada de la Fiscalía General de la Nación,  creada especialmente para ello y denominada Estructura de Apoyo de Arauca, que tiene su sede en la brigada XVIII del Ejército Nacional (hecho que se constituye en una flagrante violación al principio de independencia judicial) y fue constituida con apoyo económico de la OXY.

Esta estructura judicial, en coordinación con la fuerza pública, utilizan sujetos que, tras recibir beneficios económicos, jurídicos o de otra índole, se presentan como supuestos reinsertados de los grupos insurgentes y como testigos dentro de los procesos penales, introduciendo acusaciones fundamentadas exclusivamente en los informes de inteligencia.

Estas personas conviven con la fuerza pública, pues son alojados y alimentados durante mucho tiempo en las guarniciones militares; generalmente participan de los operativos que terminan con las capturas, y son los que de manera irregular, arbitraria e ilegal señalan y deciden a quién o quiénes se debe retener y judicializar, esto casi siempre ocurre con posterioridad a que la fuerza pública ha retenido también de manera ilegal a esa misma persona, la ha censado, reseñado, fotografiado y filmado como insumo del mismo montaje.

A partir de dichos montajes, se captura y somete a procesos penales a las personas que previamente han sido ubicadas y seleccionadas con tal fin; se les aparta de su entorno social y organizativo y se les conmina en las diferentes cárceles y penitenciarías del país, por el tiempo que considere conveniente y sin las garantías procesales consagradas en la ley penal, la constitución nacional y los tratados internacionales. 

El carácter de los interrogatorios que se hacen a los presuntos reinsertados y del análisis de lo dicho por ellos, evidencia que lo que se está cuestionando es el trabajo y la actividad social, criminalizando también el proyecto de vida de los araucanos y sus organizaciones sociales; el objeto central de la persecución y la estigmatización lo constituyen sus denuncias, exigencias, su participación activa en la planeación y toma de decisiones relacionadas con el desarrollo social de la región.  


La Unidad de Fiscalía a que nos venimos refiriendo, en estricto derecho, carece de facultades constitucionales y legales para adelantar investigaciones por delitos como el de rebelión -que es el más utilizado en esta estrategia-, por cuanto fue creada para conocer en la etapa de investigación previa y mientras no existiere implicado conocido, de los hechos delictuosos de terrorismo cometidos en contra de la infraestructura del oleoducto Caño Limón- Coveñas.

Respecto a esta falta de competencia, los abogados defensores de los sindicados en estos procesos, han planteado la nulidad con base en la  trasgresión de los preceptos constitucionales y legales, a raíz de lo cual se ha logrado la declaratoria en ese sentido por parte del Juez Único Promiscuo del Circuito de Saravena, en algunos casos. No obstante, estos pronunciamientos fueron revocados por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Arauca, que contrariando la Constitución, la Ley y claros pronunciamientos de los más altos Tribunales de Justicia, convalidó lo actuado de manera irregular y temeraria por la fiscalía.

En el mismo marco de la estrategia analizada, a los judicializados se les envía para cárceles apartadas del sitio donde ocurrieron los hechos, se lleva la investigación y tienen su núcleo familiar, también contrariando claros preceptos constitucionales y legales; se les tiene en centros de reclusión creados o habilitados para la custodia de condenados aún en su etapa de sindicados; a los familiares se les somete en muchas ocasiones a diversos tipos de vejámenes cuando van a visitar a las personas detenidas.

En la mayoría de estos asuntos las personas injustamente procesadas o sus abogados, lograron que se le sustituyera la detención preventiva en un establecimiento carcelario, por la detención domiciliaria en su lugar de habitación, pero el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Arauca, revocó la de decisión que en ese sentido había proferido el Juzgado Promiscuo del Circuito de Saravena, a solicitud de la Fiscalía General de la Nación y Procuraduría General de la República, entidades que arguyeron la supuesta peligrosidad de los procesados.

El Juez de conocimiento de todos estos casos en el municipio de Saravena, como castigo a las decisiones tomadas a favor de las garantías procesales de los líderes sociales, fue reemplazado, nombrándose en su lugar a un Juzgado Penal del Circuito de Saravena, que funciona desde la ciudad de Bogotá D.C.; esto mismo ocurrió con los jueces de Arauca capital. Estos hechos evidencian una nueva vulneración al derecho al debido proceso, a través del nombramiento de un juez AD-HOC (especial para estos casos), para el conocimiento de los juicios contra la dirigencia social y sus organizaciones.

8.2. Casos tipo: Detenciones masivas


8.2.1. En la madrugada del 12 de noviembre de 2002, cuando estaba culminando la tradicional feria que se celebra en el municipio de Saravena, se adelantó un gigantesco operativo, coordinado por funcionarios de la Fiscalía (unidad de apoyo de Arauca y Cuerpo Técnico de Investigaciones), el Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), la Policía Nacional y el Ejército (grupo mecanizado Revéiz Pizarro de la Brigada 18  y  Brigada Móvil número tres) y funcionarios de la Procuraduría General de la Nación.

Durante este operativo se realizaron más de 85 allanamientos y registros a residencias y sitios de trabajo de los moradores de esta región. Producto de ello fueron sacados de estos lugares alrededor de 85 personas y luego conducidas hacia el coliseo Jacinto Jerez, al igual que otros ciudadanos que transitaban por las calles del municipio o que se encontraban en el recinto de ferias, concentrando en total a más de dos mil personas en dicho coliseo, las cuales luego de largas filas eran interrogadas acerca de sus datos generales, se les tomaba la huella dactilar y eran filmados, verificados sus antecedentes a través de la revisión de su cédula de ciudadanía e identificados por unas personas que de civil se encontraban dentro de un vehículo de vidrios polarizados.

A las personas que no eran identificadas desde el vehículo se les colocaba un sello con tinta indeleble en uno de sus brazos, al estilo de lo sucedido en época de los regímenes fascistas, y posteriormente se les permitía la salida del coliseo, previa revisión del sello por parte de soldados.

Las personas que eran señaladas fueron inicialmente esposadas y luego atadas con sunchos plásticos bastante apretados a sus muñecas, para posteriormente ser trasladadas a la sede del Grupo Mecanizado Revéiz Pizarro de Saravena. Este operativo duró hasta el medio día del 12 de noviembre y concluyó con la captura de 85 personas, de las cuales esa noche fueron puestas en libertad 42 y judicializados las restantes 43.

La gran mayoría de personas retenidas y judicializadas pertenecen a las organizaciones sociales o sindicales del departamento, tales como Asociación Nacional de Trabajadores de Hospitales y Clínicas de Colombia -ANTHOC-, Concejo Municipal de Saravena, Central Unitaria de Trabajadores -CUT-, Asociación de educadores de Arauca -ASEDAR-, Federación departamental de Juntas de Acción Comunal -FEDEJUNTAS-, Empresa Comunitaria de Acueducto y Alcantarillado de Saravena -ECAAS-, Sindicato de Empleados del Municipio de Saravena -SIDEMS-, Cooperativa Transportadora de Materiales -COOTRANSMATERIALES-, Junta de Acción Comunal del barrio Pinzón, Programa de Bachillerato Agrario, Comité Municipal de Ganaderos, Asociación Juvenil y Estudiantil Regional -ASOJER-, Asociación Municipal de Juntas de Acción Comunal de Arauquita -ASOCOMUNAL- y Asociación Departamental de Usuarios Campesinos -ADUC-. 
 
A las 43 personas se les recibió indagatoria en la misma sede del Grupo Mecanizado Revéiz Pizarro acantonado en Saravena, con la presencia de un Procurador Delegado; culminadas estas diligencias, tanto el proceso como los detenidos fueron trasladados a la ciudad de Bogotá D.C., previa la liberación de seis de ellos. En las cárceles de esa ciudad permanecieron por más de 15 meses, recobraron su libertad por vencimiento de los términos procesales y finalmente fueron absueltos por parte de un juez de Bogotá, mediante sentencia proferida en febrero de este año, la cual fue impugnada por la Fiscalía y se encuentra a la espera del fallo de segunda instancia. Sólo 3 de los procesados fueron condenados por el delito de rebelión.

8.2.2. Nuevamente en agosto 21 de 2003, población de saravenense, fue despertada a las 4 de la madrugada por los allanamientos masivos realizados por la Fiscalía, la Policía, el Ejército y el Departamento Administrativo de Seguridad, acompañados por dos civiles encapuchados, quienes participaron señalando a las personas que debían ser capturadas. Durante el operativo se allanaron más de 30 viviendas y la sede de la Empresa Comunitaria de Acueducto y Alcantarillado de Saravena -ECAAS-, lugares de donde se llevaron a 37 personas, entre las que se encontraban dirigentes sociales del departamento, representantes de los sectores campesino, comunal, cooperativo, sindical y juvenil, a las que se les acusó del delito de rebelión.

Algunos de los detenidos fueron trasladados a Bogotá y otros a la cárcel del municipio de Arauca. Tres de los dirigentes sociales fueron trasladados a varias cárceles del país, tales como la de Valledupar, Acacías y Palo Gordo (Girón), en las cuales existía un evidente control paramilitar. En tales lugares, los detenidos fueron objeto de aislamiento y no tenían posibilidades de recibir visitas de sus familiares, dadas las condiciones de seguridad y los exagerados gastos que ello implicaba.

De las 37 personas inicialmente retenidas, 19 obtuvieron la libertad por vencimiento de los términos procesales y se encuentran a la espera de sentencia de primera instancia. Los 18 restantes fueron condenados por el delito de rebelión y se encuentran en libertad por haber cumplido las tres quintas partes de la pena impuesta (tres años y medio); esta condena fue apelada por el fiscal del caso (quien solicitó una condena mayor) y por los abogados defensores, por lo cual se encuentra pendiente del fallo de segunda instancia.

8.2.3. En octubre 21 de 2003, en los municipios de Arauca y Saravena, se desarrolló un operativo conjunto entre la Estructura de Apoyo de la Fiscalía, la Policía, el Ejército y el Departamento Administrativo de Seguridad, con el objetivo de allanar varias viviendas y dar captura a dirigentes políticos del departamento.

De tal forma, 32 personas fueron sacadas de sus casas, trasladadas a la sede del Grupo Mecanizado Revéis Pizarro en Saravena y a la Brigada XVIII en Arauca, indagadas en esos lugares y procesadas por el delito de rebelión.

Este operativo se produjo una semana antes de la realización de elecciones de Gobernación, Alcaldías, Consejos y Asamblea Departamental, lo que evidencia que el objetivo principal fue impedir que todos estos dirigentes políticos de oposición al gobierno nacional accedieran a los referidos cargos y, por ende, garantizar que los mismos fueran ocupados por los movimientos uribistas, como en efecto sucedió.

Entre los capturados se encontraba: el sacerdote HELMER JOSÉ MUÑOZ PAREJA, candidato a la gobernación por el movimiento comunal y comunitario; JOSÑE ANTONIO ORTEGA, candidato a la alcaldía de Saravena; ELEONOR ÁVILA GÓMEZ, diputada y candidata a la Asamblea Departamental; WILLIAM RUIZ CADENA, candidato a la alcaldía de Arauca capital; ROBERTO MARTÍN VERA, ex alcalde de Saravena; HÉCTOR FEDERICO GALLARDO, ex gobernador de Arauca; BENJAMÍN ZOCADAGÜÍ, candidato a la alcaldía de Arauca capital; MARTHA ELVIRA OSORIO, coordinadora de la Fundación de Derechos Humanos Joel Sierra en Arauca capital; ZOILA EXPÓSITO, actual alcaldesa de Cravo Norte.

El proceso judicial fue montado exclusivamente a partir de informes de inteligencia y de testimonios de supuestos reinsertados de la guerrilla. La mayoría fueron condenados, algunos como autores y otros como cómplices del delito de rebelión y se encuentran en libertad por presunta pena cumplida. La sentencia fue impugnada por los defensores y se encuentra a la espera del respectivo fallo de segunda instancia.

8.3. Pruebas:

• Resolución de creación de la Unidad de Fiscalía Especializada de Arauca.
• Indagatorias en las que se haga referencia a los procedimientos irregulares de la captura
• Declaración de los informantes respecto a su participación en los operativos
• Sentencia absolutoria de marzo 10 de 2006. Juzgado único penal del circuito especializado de descongestión de Arauca. Proceso 051 de 2004
• Sentencia absolutoria de noviembre 8 de 2006. Juzgado especializado de Arauca. Proceso 077 de 2005.
• Sentencia absolutoria de octubre 13 de 2006. Juzgado especializado de Arauca. Proceso 013 de 2006.
• Sentencia absolutoria mayo 11 de 2007. Juzgado Penal del Circuito de Saravena. Proceso 00022 de 2005.
• Sentencia absolutoria octubre 4 de 2006. Juzgado Penal del Circuito de Saravena. Proceso 00139 de 2005.
• Sentencia absolutoria agosto 30 de 2006. Juzgado Penal del Circuito de Saravena. Proceso 00398 de 2004.
• Sentencia absolutoria de abril 7 de 2006. Juzgado único penal del circuito especializado de descongestión de Arauca. Proceso 027 de 2005
• Sentencia absolutoria de marzo 31 de 2006. Juzgado único penal del circuito especializado de descongestión de Arauca. Proceso 00 5 de 2005
• Sentencia absolutoria de agosto 8 de 2006. Juzgado único penal del circuito especializado de descongestión de Arauca. Proceso 030 de 2005
• Sentencia absolutoria de marzo 29 de 2006. Juzgado único penal del circuito especializado de descongestión de Arauca. Proceso 011 de 2005
• Declaración rendida ante la Fiscalía dentro del proceso no. 64763, adelantado contra dirigentes sociales del municipio de Fortul, por JHON JAIRO VELASCO GARCÉS, reinsertado de las FARC, quien participó como informante: Hace referencia a un montaje judicial realizado por parte de un capitán del Servicio de Inteligencia de la Policía -SIJIN-, con la colaboración de otro informante alias “Patuleco”.
• Sentencia condenatoria. Juzgado penal del circuito de Saravena. Proceso 298 de 2004 (Murillo y otros)
• Informe de inteligencia sobre milicias en Saravena, emitido por el B-2 de la Brigada 18 del Ejército Nacional. Enero de 2002
• Informe de inteligencia sobre milicias en Saravena, emitido por el B-2 de la Brigada 18 del Ejército Nacional. Agosto de 2002
• Informe de inteligencia sobre milicias en Saravena, emitido por la Brigada 18 del Ejército Nacional. Abril 5 de 2006
• Informe no. 214 de mayo 15 de 2006, emitido por el Departamento Administrativo de Seguridad.
• Informe no. 308 de junio 15 de 2006 emitido por la SIJIN
• Informe no. 309 de junio 15 de 2006 emitido por la SIJIN

8.4. Respuestas del estado y situación actual – en relación con la aplicación de justicia

A raíz de las denuncias presentadas por las irregularidades cometidas tanto en los procedimientos de captura como en el desarrollo de los procesos judiciales, el Estado ha iniciado 2 procesos penales y 2 disciplinarios, los cuales hasta la fecha no han dado ningún resultado.