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Sindicato Nacional de Trabajadores del Sistema Agroalimentario

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Last updateJue, 27 Sep 2018 9am

Audiencia minera

Intervención del Padre Javier Giraldo

 Señor Presidente de esta Audiencia,
Dr. Franco Ippolito

Sra Juez delegada por el Tribunal Permanente de los Pueblos
Dra. Miren Etxezarreta

Señora y señores conjueces,
Miembros de la acusación,
Representantes de las víctimas,
Miembros de las entidades peticionarias
Delegados de entidades solidarias de otros países hermanos,
Participantes todos en esta audiencia.

Se inicia hoy la segunda audiencia especializada de esta sesión del Tribunal Permanente de los Pueblos que se ha propuesto examinar las prácticas de nu-merosas empresas transnacionales en Colombia, no solo desde la óptica de la vulneración a los derechos económicos de los pueblos sino también en su inci-dencia en un conflicto armado que también hunde sus raíces en el conflicto socio económico y político, participando dichas empresas en crímenes de lesa humanidad que se han convertido en un supuesto anillo de seguridad para su injusta extracción de los recursos naturales con que el pueblo de Colombia cuenta para la supervivencia de su población.

 

La Carta de Argel, proclamada el 4 de julio de 1976 como Declaración Universal de los Derechos de los Pueblos, al finalizar un simposio internacional que reunió a juristas, economistas, políticos y dirigentes de movimientos de liberación nacional que habían sido convocados por la Fundación Lelio Basso por los De-rechos de los Pueblos, Carta que ha servido de guía fundamental a las sesiones del Tribunal Permanente de los Pueblos, consagra, en su Artículo 8, el derecho exclusivo que tiene todo pueblo sobre sus riquezas y sus recursos naturales; su derecho a recuperarlos si se le ha despojado de ellos y a cobrar indemnizaciones injustamente pagadas.

 

Uno de los párrafos del Preámbulo de la Declaración de Argel, proclamada hace 30 años, cobra extraordinaria vigencia frente a la tarea que enfrenta esta sesión del Tribunal. Dice así el séptimo párrafo del Preámbulo:  “El imperialismo, con procedimientos pérfidos y brutales, con la complicidad de gobiernos que a menudo se han autodesignado, sigue dominando una parte del mundo. Interviniendo directa e indirectamente, por intermedio de las empresas multinacionales, utilizando a políticos loca-les corrompidos, ayudando a regímenes militares que se basan en la represión policial, la tortura y la exterminación física de los oponentes; por un conjunto de prácticas a las que se les llama neo-colonialismo, el imperialismo extiende su dominación a numerosos pue-blos”.

 

Los signatarios de la Carta de Argel señalaron, pues,  hace 30 años, con su dedo acusador, esa dinámica de dominación económica neocolonial que oprime a numerosos pueblos, instrumentada por empresas transnacionales y articulada a las formas más brutales de represión que llegan hasta el exterminio físico de los opositores. Ningún analista de Colombia estuvo presente en Argel en esas me-morables jornadas, pero esta fración del diagnóstico mundial que allí se hacía, resume con increible precisión la situación que numerosas entidades académicas, populares, políticas, sindicales, humanitarias y cívicas de Colombia presen-taron ante el Tribunal Permanente de los Pueblos el año anterior para motivar la convocatoria a esta sesión.

 

La combinación de la presencia de empreas transnacionales que logran legali-zar, a través de gobiernos corruptos, el saqueo de los recursos de un pueblo, mientras simultáneamente se blindan, para realizar sus exacciones sin riesgos, con escoltas paramilitares que exterminan con barbarie a quienes se resisten al saqueo, sin comprometer siquiera la responsabilidad de los mismos gobiernos que los convocan, los sostienen y los protegen desde la sombra, fue una de las situaciones que motivaron la Declaración de Argel y que el Tribunal Permanen-te de los Pueblos encuentra hoy en estado puro en Colombia.

 

En el pasado mes de abril tuvo lugar la primera audiencia especializada de esta sesión del Tribunal, en la cual se examinaron graves acusaciones contra empre-sas transnacionales de alimentos. Hoy el Tribunal se enfoca sobre transnaciona-les que explotan minas de oro, de carbón y de uranio. En los próximos meses someterá a examen a un grupo de empresas que han destruido una de las riquezas más preciosas de nuestro medio ambiente que es la biodiversidad, y más tarde se iniciará el proceso a las multinacionales del petróleo y a las que se han ido apoderando de los recursos hídricos e hidroeléctricos afectando pro-fundamente necesidades básicas de enormes franjas de población, poniendo el deterioro progresivo de su calidad de vida como incentivo y factor decisivo del incremento de los capitales transnacionales.
 
Por estos estrados sigue desfilando la memoria de innumerables víctimas cuyas vidas, integridad y libertades fueron puestas como precio que ameritaba pagarse para que las empresas transnacionales pudieran saquear sin riesgos los re-cursos del pueblo colombiano y para que sus inversiones fueran suficientemen-te rentables.

 

Las leyes mismas de la nación han sido una y otra vez remodeladas para aco-modarlas a las exigencias progresivas de la dogmática de la competividad, término que encubre sus ineludibles consecuencias en el deterioro de la economía nacional y en la negación de los derechos económicos de los pueblos. La trayectoria de las reformas del Código Minero es un ejemplo elocuente de ese mecanismo de expoliación.

 

Las empresas transnacionales dominan cada vez más el mundo y han ido con-virtiendo a los mismos gobiernos nacionales y a los Estados en entes simbólicos, toda vez que las decisiones fundamentales sobre las economías nacionales, y por ende sobre sus políticas estatales, y por ende sobre sus legislaciones, y por ende sobre sus mecanismos de seguridad y represión, se toman en esos grandes concentraciones de poder, que se colocan por encima y por fuera de los sistemas judiciales como entes absolutamente inimputables.

 

La misma Organización de las Naciones Unidas, en sus intentos de búsqueda de mecanismos operativos del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, se ha considerado impotente para emitir mecanismos efectivos de protección de los derechos económicos de las personas que hace muchos años proclamó solemnemente. Un discurso generalizado de “progreso” envuelve las prácticas más audaces de las empresas transnacionales, y las sus-trae, mediante mecanismos ideológicos y mediáticos, del riesgo de caer bajo la mira de la imputabilidad judicial por innumerables prácticas que no resistirían ningún examen a la luz de criterios elementales de justicia.

 

El ya muy avanzado divorcio entre la ética y el derecho, que hizo de este último un conjunto de mecanismos técnicos cada vez más autónomos, más ajenos a la satisfacción de las necesidades humanas, y más al servicio de los poderes vigentes que diseñan las normas a partir de intereses con capacidad de coerción, ese divorcio, pienso, protege cada vez más a las empresas transnacionales del ries-go de la imputabilidad judicial que podría desestimular sus prácticas, validadas como “técnicas de rentabilidad” que se legitiman por sí mismas en una socie-dad internacional que rinde culto prioritario al mercado globalizado.

 

Pero si los mismos órganos interestatales de justicia, en lugar de proteger los derechos económicos de los pueblos, se rinden ante la impunidad estructural de las empresas transnacionales, ¿qué no decir de los sistemas judiciales nacionales?

 

Podría pensarse que si bien las empresas transnacionales han conquistado una impunidad por encima de todo riesgo para sus prácticas estrictamente económicas, aunque tengan graves consecuencias en la calidad de vida de las perso-nas y de los pueblos, tal impunidad no podría protegerlas cuando cometen o patrocinan crímenes de lesa humanidad. Sin embargo ello no es así. La estrate-gia paramilitar fue adopatada por el Estado colombiano hace 44 años, bajo im-posición explícita del Gobierno de los Estados Unidos, justamente para proteger al Estado de imputaciones que arruinarían su legitimidad, ejecutando crímenes por encargo y bajo capuchas que ocultan la identidad de los victimarios, salva-guardando en consecuencia la “inocencia” de los determinadores fundamenta-les de los crímenes. A esa misma estrategia se han acogido a lo largo de estas décadas las empresas transnacionales, gracias a sus inmejorables relaciones con el aparato y los funcionarios del Estado, cuyas políticas centrales en el campo económico comportan el progresivo dominio de los capitales transnacionales.

 

La última modalidad de protección de las empresas transnacionales en Colom-bia, para blindarse frente a riesgos de responsabilidad judicial, ha sido la de un “monitoreo” permanente por parte de empresas militares privadas creadas en los Estados Unidos y presentes en Colombia bajo la modalidad de “contratistas”, en beneficio de las cuales los dos gobiernos, el de los Estados Unidos y el de Colombia, suscribieron un acuerdo el 17 de septiembre de 2003, en el cual se blinda a toda “persona de los Estados Unidos de América” frente a la posibilidad de se entregada a la Corte Penal Internacional o cualquier otro país donde corra el riesgo de ser entregada a dicho tribunal. Esto ha hecho que las empresas trans-nacionales se acojan a un supuesto “monitoreo” de empresas militares privadas inmunizadas judicialmente, para intervenir en un país sumergido en un pro-fundo conflicto socio político y militar, defendiendo sus intereses mediante cualquier forma de violencia.

 

La impunidad total que así se diseña y que incluso bloquea las facultades de toda jurisdicción universal, debilita cada vez más los derechos de los pueblos.

 

La humanidad no puede tolerar que sus más valiosas conquistas jurídicas que-den reducidas a la inutilidad. Este fue el sentimiento que invadió el espíritu del filósofo inglés Bertrand Russel, cuando comprobó que las mismas potencias mundiales que a finales de los años cuarenta habían convocado al primer tribunal internacional para enjuiciar a los criminales nazis y que habían promulgado incluso el primer código penal internacional en el cual se tipificaba el crimen de lesa humanidad, en los años sesenta callaban y se convertían en cómplices de las atrocidades perpetradas en Vietnam. Por ello el genio humanista de Bertrand Russel tuvo la feliz idea de convocar al primer tribunal de opnión de la historia, que no fundaba su legitimidad en ningún poder constituido sino en la conciencia de la humanidad que se expresaba de manera lúcida en exponentes de muchos campos de la cultura que convergían en sentimientos humanitarios arraigados en en el más profundo y común sentir de los humanos. En su alocución a la primera sesión del Tribunal sobre los Crímenes de Guerra en Vietnam, conocido posteriormente como el Tribunal Russell, Bertrand Russell afirmó:

 

• “No representamos a ningún poder estatal y tampoco podemos obligar a que se presenten como acusados ante nosotros a los diseñadores responsables de los crímenes perpetrados contra el pueblo de Vietnam. Carecemos de esa “fuerza mayor”. Es imposible cumplir con los procedimientos ordinarios de un juicio. Pero creo que estas aparentes limitaciones son, de hecho, virtudes. Somos libres para conducir una investigación solemne e histórica sin la presión de razones de Estado o de otras obligaciones similares. ¿Por qué se desarrolla esta guerra en Vietnam? ¿A qué intereses sirve esto?  Tengo la certeza de que tenemos obli-gación de absolver todas estas preguntas y de pronunciarnos sobre ellas, luego de una minuciosa investigación, para que, al hacer eso, podamos ayudarle a la humanidad a entender por qué un pequeño pueblo campesino ha tenido que pa-decer por más de 12 años el asalto del mayor poderío industrial que existe sobre la tierra, que al mismo tiempo posee la más avanzada y cruel capacidad mi-litar” … “Debemos registrar la verdad en Vietnam. Debemos someter a juicio lo que descubramos que es la verdad. Debemos advertir sobre las consecuen-cias de esta verdad. Debemos, además, rechazar la opinión de que solo los indi-ferentes son imparciales. Debemos repudiar el concepto degenerado de la inteligencia individual que confunde las mentes abiertas con las mentes vacías.  (…) No les escondo la profundidad de mi admiración y pasión por el pueblo de Vietnam. No puedo desprenderme del deber de juzgar lo que les han hecho por tener estos sentimientos. Nuestro mandato es destaparlo y decirlo todo. Estoy conven-cido de que ningún homenaje mayor podría darse que el de ofrecer la verdad, nacida de una intensa e inflexible indagación. Que este tribunal evite el crimen del silencio.”

 

13 años después se constituía el Tribunal Permanente de los Pueblos, como heredero de la experiencia del Tribunal Russell. El senador italiano Lelio Basso, quien fue una de las 17 personalidades que aceptaron la invitación de Bertrand Russell para conformar el primer tribunal de opinión; quien ejerció como Rela-tor del Tribunal Russell sobre Vietnam; quien convocó al Segundo Tribunal Russell sobre las dictaduras militares de América Latina, entre 1974 y 1976, fue el mismo que convocó a la Conferencia de Argel en julio de 1976 donde fue promulgada la Declaración Universal de los Derechos de los Pueblos y que pre-paró la conformación del Tribunal Permanente de los Pueblos, el cual solo pudo constituirse unos meses después de su muerte, ocurrida en diciembre de 1978.

 

A través de sus 32 sesiones, este Tribunal ha examinado las más diversas situa-ciones de opresión y barbarie a que han sido sometidos pueblos enteros, estén o no constituídos en Estados. Ha enjuiciado también políticas de dominación de instancias internacionales, como el Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional. En 1992 sometió a su examen el mismo Derecho Internacional, al re examinar críticamente sus orígenes asociados a las controversias suscitadas por la invasión de América por Europa en el siglo XV.

 

Esta audiencia especializada que dirige sus miradas a la extracción de minerales por parte de empresas transnacionales, no puede hacer caso omiso de que esa extracción de minerales constituyó uno de los incentivos más fuertes de los conquistadores y colonizadores de este continente, bajo cuya brutalidad fueron exterminadas etnias, razas y culturas. Hoy se reedita un nuevo colonialismo agenciado por las empresas transnacionales, que se sirve del paramilitarismo, y en no pocas ocasiones de la misma fuerza armada oficial del Estado, para eliminar, desaparecer, amedrentar, torturar, despojar y desplazar a quienes se oponen a sus expoliaciones.

 

El Tribunal Permanente de los Pueblos, en su ya larga jurisprudencia, no solo ha invocado el derecho internacional y exigido su aplicación coherente ante las situaciones por él esclarecidas, sino que también ha señalado en ocasiones sus vacíos y falencias, asistido por la libertad soberana y la plena independencia que le otorga su no sometimiento a la “razón de Estado”.

 

Al concluir la sesión sobre la impunidad de crímenes de lesa humanidad, que tuvo lugar en 12 países de América latina entre 1989 y 1991, el Tribunal utilizó todos sus influjos y su prestigio para llevar al seno de las Naciones Unidas la problemática de la impunidad. Desató entonces una dinámica de trabajo, concretizada en experticios y relatorías, hasta culminar, pocos años después, en la adopción, por parte de la Comisión de Derechos Humanos, del Cuerpo de Principios contra la impunidad.

 

Hoy día el Tribunal se encuentra frente al enorme desafío de sensibilizar a mu-chos órganos de las Naciones Unidas y de la comunidad internacional, sobre la tragedia mundial que significa la inmunidad judicial de las empresas transnacionales y su plena libertad de acición para destruir economías, para deteriorar las condiciones de vida de los pueblos y para someter a la comunidad internacional a principios diseñados por la voracidad rentista de los más poderosos conglomerados económicos.

 

En nombre de todas las entidades peticionarias, saludo a los jueces designados por la Presidencia del Tribunal para presidir esta audiencia:

  • El Doctor Franco Ippolito, jurista y experto en Derecho Internacional, Magistrado de la Corte Suprema de Justicia de Italia, anterior miembro del Consejo Su-perior de la Magistratura (1981-86), Director del Programa de la Organización Judicial del Ministerio de Justicia (1996 - 2001), ex Presidente de la Asociación de Magistrados Demócratas y miembro del elenco de jueces del Tribunal Perma-nente de los Pueblos y de la Fundación lelio Basso.
  • La Doctora Miren Etxezarreta, catedrática de economía del desarrollo en la Uni-versidad Autónoma de Barcelona, delegada como jurado en varias sesiones del Tribunal Permanente de los Pueblos e integrante de su elenco permanente de jueces.

Saludo también a los conjueces, a quienes la coordinación de las entidades peti-cionarias les ha solicitado escuchar y evaluar las denuncias que van a presentarse, desde los diversos campos de la cultura que ellos representan:

 

• El líder indígena Abadio Green, ex presidente de la Organización Indí-gena de Colombia (1993-98) y de la Organización Indígena de Antioquia (1993, 2000/04) coordinador del Programa de Educación Indígena en la Universidad de Antioquia y miembro del Equipo de Expertos para el Plan Decenal de Educación recientemente designado por ese Ministerio.

• El Dr. Francisco Lafont, académico, abogado y estudioso del problema minero; catedrático de Derecho Laboral en las universidades Libre y Externado de Colombia y Presidente de la Asociación de Profesores de la Universidad Libre.


Gracias por haber aceptado esta tarea humanitaria.
Gracias por comprometerse en esta causa de justicia.

Señor Presidente: en nombre de las entidades peticionarias le solicito, si así lo considera conducente, declarar abierta esta audiencia.


Javier Giraldo, S. J.
Medellín, 10 de noviembre de 2006