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Sindicato Nacional de Trabajadores del Sistema Agroalimentario

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Last updateJue, 27 Sep 2018 9am

Audiencia de servicios públicos

Dictamen audiencia de servicios públicos

Introduccion.

El Tribunal Permanente de los Pueblos establecido en 1979 como sucesor de los Tribunales Russell sobre Vietnam (1966-1967) y sobre las dictaduras en América Latina (1974-1976), tiene como su vocación y Estatuto dar visibilidad y calificar en términos de derecho todas aquellas situaciones en las que la violación masiva de derechos fundamentales de la humanidad no encuentra reconocimiento ni respuestas institucionales, sea a nivel nacional o internacional.  A lo largo de más de 28 años de su historia y a través de sus 33 sesiones, el Tribunal Permanente de los Pueblos ha acompañado, anticipado y respaldado las luchas de los pueblos contra el espectro de violaciones de sus derechos fundamentales, incluyendo la negación de su autodeterminación, las invasiones extranjeras, las nuevas dictaduras y esclavitudes de la economía y la destrucción del medio ambiente.

El juzgamiento por el involucramiento de transnacionales con presencia en Colombia en la violación de derechos humanos, se inició en el mes de abril de 2006.

Se han realizado hasta la fecha las audiencias sobre: transnacionales de alimentos (Bogotá 1 y 2 de abril de 2006), transnacionales de minería (Medellín, 10 y 11 de noviembre de 2006), transnacionales que afectan la biodiversidad, desarrollada en la Zona Humanitaria de Nueva Esperanza, de la cuenca del Río Cacarica en el Bajo Atrato chocoano (25 y 26 de febrero 2007), y transnacionales de petróleo, en Bogotá (3, 4 y 5 de agosto de 2007). 

Esta audiencia, que examina el involucramiento de empresas transnacionales de servicios públicos en violaciones graves a los derechos humanos ha sido precedida de 4 preaudiencias que tuvieron lugar en: el Eje Cafetero (Pereira 14, 15 y 16 de noviembre de 2007), Zona Caribe (Barranquilla 14 y 15 de diciembre de 2007), Zona Centro (Páramo Sumapaz 2 y 3 de febrero de 2008) y Suroccicente (Cali 29 de febrero de 2008), las cuales han permitido la participación directa en el proceso de investigación y recolección de testimonios de las comunidades y sectores más afectadas por los hechos que son objeto de ésta.

La audiencia se realizó en Bogotá, en la sede sur de la Asociación Distrital de Educadores, y a ella asistieron alrededor de 200 personas  provenientes de diversas regiones del país, en representación de muchas organizaciones.

El jurado designado por la Presidencia del Tribunal Permanente de los Pueblos estuvo conformado por:

- MANUEL RAMÓN ALARCÓN CARACUEL, experto en derecho del trabajo, derecho sindical y seguridad social y ex decano de la facultad de derecho de la Universidad de Sevilla, España, quien presidió la audiencia,  y
- JOAO RICARDO DOS SANTOS COSTA, Vice-presidente de la Asociación de Magistrados Brasileros –AMB- y Coordinador del Foro Mundial de Jueces.
Actuó como conjuez nacional el antropólogo y economista CARLOS OLAYA, director del Centro de Estudios Laborales, Económicos y Sociales.

DE LAS ACUSACIONES

Se acusó a las empresas: Unión Fenosa, Aguas de Barcelona, Canal Isabel II, Endesa, Telefónica y Aviatur TQ3.

A UNIÓN FENOSA se le acusó de vulneración de derechos laborales y sindicales y de los derechos a la vida e integridad personal de sus trabajadores. Igualmente se le acusó de daños graves a territorios de grupos étnicos y campesinos a través de inundación de tierras colectivas, causando el desplazamiento forzado de dichos grupos, ruptura de tejidos sociales, destrucción de organizaciones comunitarias y de  prácticas culturales.

Se denunció que la empresa ha limitado fuertemente el ejercicio de los derechos y el acceso a los recursos fundamentales por parte de las poblaciones afectadas y de sus trabajadores,  violando de esta manera  la soberanía nacional.

Igualmente se denunció que dentro de sus prácticas probadas están: la manipulación de instrumentos legales nacionales e internacionales; formas de corrupción que se expresan en cooptación de funcionarios públicos y poderes políticos a quienes se mantiene al servicio de la empresa transnacional.

Se denunció también que esta empresa, en la priorización de sus ganancias, omite realizar las inversiones necesarias que permitirían tener redes de buena calidad en el servicio eléctrico, falencia que ha causado numerosos accidentes en la población, muchos de los cuales han sido mortales. Parte de esa accidentalidad está ocasionada también por la política de la empresa de construir sus redes por debajo de la altura técnicamente recomendada, a fin de evitar la conexión de quienes han sido privados del servicio por su incapacidad económica.

A esta empresa se le acusó también por daño ambiental consistente en contaminación de ríos, causada por el vertimiento de lodo con alto grado de toxicidad; por afectaciones más generales al equilibrio ambiental, destrucción de especies únicas, ruptura de la cadena alimentaria, alteración del ciclo natural  de reproducción de las especies de río y proliferación de enfermedades en la población.

La acusación a esta empresa tuvo como ejes centrales los casos de trabajadores de empresas filiales como: Electricaribe, Electrocosta, Anchicayá, Salvajina, así como la situación generalizada de los usuarios desconectados del servicio y el problema de los circuitos de alta tensión.

En general, se acusó a la empresa UF por convertir un bien público de carácter no transable, como es la energía, en un gran negocio sometido al criterio prioritario de la rentabilidad.

A la empresa CANAL ISABEL II y su filial METROAGUA, se le acusó de violar los derechos de acceso al agua y a los servicios sanitarios, así como los derechos a la salud y a un nivel de vida humano de la población de Taganga, y de estigmatizar a los habitantes de dicho poblado como mecanismo para justificar la violación de sus derechos.

A la empresa ENDESA se le acusó por violación a los derechos laborales y sindicales de sus trabajadores, negándoles la  libertad de asociación e infringiendo las normas de seguridad industrial, llegando a formas de maltrato moral a sus propios trabajadores y a formas de persecución laboral.

Se aportó también información sobre el deterioro ambiental que ha generado su filial EMGESA  en zonas como las de los ríos  Bogotá, Guarinó y otros.

A la empresa AGUAS DE BARCELONA y a su filial Aguas de Cartagena se les acusó por violación a los derechos humanos laborales, sindicales, al medio ambiente y a los derechos de los consumidores.

Se señaló cómo esta empresa llegó a la ciudad de Cartagena en forma violenta, con el consentimiento del Estado, y ha incrementado sus beneficios a costa de graves consecuencias sociales y económicas de los trabajadores y de la población.

Igualmente se denunció que incluso la Contraloría del Distrito Turístico comprobó cómo esta empresa desvió recursos destinándolos a asuntos distintos del objetivo de la prestación del servicio.

También se afirmó que esta empresa ha generado detrimento del medio ambiente al arrojar aguas residuales a caños y lagunas de la ciudad de Cartagena.

En relación con empresas del sector de servicios eco-turísticos, se acusó a la empresa AVIATUR TQ3 de ejecutar políticas de privatización de los Parques Nacionales Naturales en un proceso de entrega en concesión a entidades privadas. Se le acusó de la participación y beneficio que obtiene del detrimento de las condiciones de vida digna de los pobladores, pescadores y habitantes de las zonas concesionadas, aledañas a los parques naturales Tayrona y Nevados.

Se denunció que las concesiones a largo plazo buscan la privatización del Medio Ambiente en Colombia, y que la empresa  AVIATUR - BCD Travel (TQ3) ha tenido un alto impacto socio-ambiental en las zonas de parques concesionados. Como ejemplo de ello se señaló el deterioro ambiental, desplazamiento, destrucción de las culturas tradicionales y privatización de los servicios eco turísticos. Igualmente que las concesiones en unos años restringirán aún más el acceso al Medio Ambiente a las generaciones futuras y que el manejo indebido y la explotación turística en los parques naturales concesionados a futuro acabará por destruir la biodiversidad existente.


A la empresa TELEFÓNICA se le acusó de beneficiarse abusivamente de la privatización de Telecom – Colombia Telecomunicaciones - , en la cual tiene a la fecha el 53% de sus acciones. Se le acusó también de vulnerar los derechos de asociación de los trabajadores a través de despidos de quienes pretenden sindicalizarse, impidiendo el registro del sindicato de trabajadores de las telecomunicaciones USTC. Se denunció  que los trabajadores que se afilian al sindicato (USTC) son inmediatamente despedidos, por lo cual han optado por mantener esta calidad oculta debido a la persecución y estigmatización de que son víctimas. Se señaló, como muestra de ello,  que en lo que va corrido del año más de 1200 trabajadores han sido despedidos. Todo esto a pesar  de que la empresa suscribió un Código de Conducta con la organización sindical UNI (Global Union).

Política estatal:

En relación con la política estatal que ha favorecido el accionar de estas empresas, se  señaló cómo el Estado colombiano marchita las empresas públicas; afecta su patrimonio  y genera un ambiente propicio para su privatización y entrega de recursos naturales a las transnacionales.

Organismos multilaterales:

Se denunció que, tanto el Banco Mundial como el Banco Interamericano de Desarrollo y el Estado colombiano, promueven el financiamiento de las privatizaciones, el cual posteriormente es asumido por los contribuyentes, con lo cual las empresas que acceden a los bienes estatales lo hacen sin casi ninguna inversión.
 
Se examinaron en concreto los siguientes procesos de privatización expuestos en la audiencia por parte de organizaciones sindicales, sociales y campesinas:

Sabanalarga:

El Estado colombiano es acusado por no ofrecer la suficiente protección a los trabajadores de la Empresa, pues ni siquiera se pronuncia para ofrecer una solución a la problemática de estos trabajadores.

Triple A es acusada por violar el derecho al trabajo en la Empresa de Acueducto de Sabanalarga y no brindar garantías laborales.

Emsirva:

Se denunció que el gobierno nacional es responsable de las crisis que se sufren en las empresas de servicios públicos, haciéndolas cada vez más inviables por políticas de deterioro económico, con el fin de entregar su operación y la disposición final de residuos sólidos, a empresas transnacionales, como sucede específicamente en el caso del manejo de residuos sólidos por parte de la empresa EMSIRVA en el departamento del Valle del Cauca..

Se acusa al Estado por la liquidación de la empresa EMSIRVA y la entrega de la misma a un operador privado –Interaseo-, consorcio de empresas de colombianos y extranjeros, dejando a 473 trabajadores sin trabajo, violando por ello mismo el derecho al trabajo en desconocimiento de las leyes laborales.

Se señaló que el gobierno y la multinacional son culpables del mal manejo de residuos sólidos en Cali, entregándolo al operador privado que los lleva al municipio de Yotoco con grave perjuicio al medio ambiente, al transportar los residuos sólidos por un trayecto de 45 kilómetros, lo cual conlleva a una gravísima contaminación del ambiente y del aire y eleva los costos de transporte, el cual es pagado por los usuarios.

Privatización de   Empresas Públicas De Pereira

Se denunció que los gobiernos nacional, departamental y municipal se han hecho responsables de violaciones del derecho a la vida de dirigentes y activistas sindicales, amenazados y exiliados, así como del desplazamiento de campesinos de la cuenca del Río Otún.

Se reclamó el derecho a la salud de los habitantes de los cinturones de miseria dado que a ellos no se les garantiza la prestación de servicios vitales, como lo es el de agua potable.

También se denunció una clara violación del derecho al trabajo, pues la contratación en la empresa se rige por el código civil o de comercio, desvirtuando la existencia del contrato de trabajo, y se viola el Código Sustantivo del Trabajo y no se permite que los nuevos empleados se vinculen a la organización sindical, ya que quien se sindicaliza no logra renovar su contrato de trabajo.

Se acusó a la empresa de violar el derecho a la información, pues ésta no es brindada ni facilitada.

Se afirmó también que la libertad de movimiento ha sido peligrosamente violada, pues las autoridades han llegado a prohibir el desplazamiento hacia la cuenca media y alta del Río Otún.

Los trabajadores de Sintraemsdes - Pereira, acusan a los gobiernos nacional, departamental y municipal, como también a inversionistas privados en agua potable, energía eléctrica y aseo, por la violación de los derechos a la vida, la salud, la asociación y la libre escogencia del oficio, de la misma manera que el BID  ha afectado la autodeterminación de los pueblos, su libre desarrollo y la soberanía del pueblo colombiano, interviniendo en las decisiones que afectan el bienestar de la comunidad.

Privatizacion de Telecom:

Se acusa al gobierno por la entrega del sector de telecomunicaciones a entidades privadas extranjeras ( empresa Telefónica).

Se acusa al gobierno de no garantizar los derechos a la huelga y a la asociación sindical, a través de actos violatorios como la detención arbitraria de trabajadores sindicalizados durante acciones de protesta contra la privatización, quienes fueron acusados de “terrorismo”.

Se acusa también al gobierno por el abuso de la fuerza pública, disponiendo de la policía nacional, el ejército, el departamento administrativo de seguridad –DAS-, el Cuerpo Técnico de Investigaciones –CTI- y Fuerzas Especiales para desalojar a los trabajadores de TELECOM de sus puestos de trabajo, con el fin de dar paso posteriormente a la liquidación de la empresa y de 12 de sus regionales.

Igualmente se acusó al Estado por vulneraciones similares en el departamento del  Chocó; en el municipio de El Cairo (norte del departamento del Valle), y en departamento de Antioquia, principalmente en su región nordeste.

Se acusa a la empresa Acuavalle y al Estado colombiano por negligencia y por violar los siguientes derechos:

• El derecho a la vida, por el peligro causado al generar el acabamiento de la cárcava.
• El derecho al territorio, pues la comunidad ha sufrido un desplazamiento forzado, lo cual la está llevando a una pérdida del territorio.
• El derecho a la autodeterminación de los pueblos, pues viven bajo el yugo de la empresa, que los ha sometido a cambios ambientales severos.
• El derecho al trabajo, por pérdida de fuentes de labor campesina.
• El derecho a un ambiente sano.

VALORACIÓN DE LOS HECHOS PROBADOS

Los testimonios escuchados, por la coherencia de su narrativa, alcanzaron un nivel de idoneidad que confiere a los hechos denunciados en esta audiencia una fuerza convincente. Las narraciones informaron de manera muy segura sobre la existencia de un proyecto articulado y bien definido de apropiación, dominación y explotación de recursos y empresas, orquestado por las empresas denunciadas y que cuenta a todas luces con la participación y el empeño del Gobierno de Colombia y de grupos paramilitares.

La fuerza probatoria de los documentos y relatos presentados en la audiencia se adiciona con otro componente valorativo importante, que es la Resistencia de las comunidades afectadas, venida de todas las regiones del país, en la cual se descubre cómo las políticas de privatización de los servicios públicos van en contravía de las aspiraciones más sentidas de la población colombiana y vulneran los objetivos constitucionales de promover un bienestar social  fundamental de la población.

El Área Energética

El sector energético en su proceso de privatización fue precedido por una alianza de empresas multinacionales que presionaron al gobierno colombiano para poner en venta un sector energético importante. La actuación del poder económico, el cual fue sometiendo a sus propósitos al poder político, posibilitó la preparación del sector para ser entregado a las multinacionales.

La conducta precedente estuvo caracterizada por la preparación de las empresas, cambiando a lo más rentable, conjugado con la subvaloración de su patrimonio, posibilitando la venta de las empresas por un precio inferior del que realmente costaba, ocasionando un severo perjuicio al patrimonio público. La estrategia de compras desembocó en una creación de monopolios regionales previamente articulados entre todas las gigantes del sector, facilitando una estrategia monopolista.

El comportamiento comercial de las empresas acusadas, después de adquirir las empresas estatales, es uno de los elementos que corroboran la grave crisis de los Derechos Humanos que afecta a Colombia. Un criterio de tarifas inaccesibles, agregado a una política de presión por subsidios del Estado en los servicios públicos a los estratos sociales más bajos, lo que, en definitiva, beneficia fundamentalmente a las empresas a costa del erario público.

La creación de una empresa denominada “Energía Social”, como ocurrió en la Costa Caribe luego de la compra de las empresas públicas por Unión Fenosa, esconde un modelo de explotación que afecta el acceso de las comunidades pobres a los servicios, imponiendo un control colectivo de consumo y generando apagones programados en los barrios más pobres.

Una precarización de las redes de energía de las comunidades de baja renta, causando varias víctimas de accidentes fatales, inclusive niños, todo ello debidamente documentado con fotos, reportajes periodísticos y testimonios de las víctimas, demuestra la ausencia de compromiso de las empresas acusadas con el bienestar y la seguridad de la población, con absoluto desconocimiento de lo que prescriben, en relación con los servicios públicos, los preceptos constitucionales y los tratados internacionales que vinculan a Colombia.

En el ámbito ambiental, los testimonios narran la total desconsideración de las empresas con los recursos naturales. No consultan  a las comunidades afectadas por las obras, generando daños ambientales y desplazamientos de poblaciones. La muerte de un río fue narrada por el contundente testimonio de una mujer afrocolombiana y campesina: “Tengo 61 años; nací en el tiempo en que había agua en el río y las personas morían cuando Dios mandaba”. Algunos territorios afectados enfrentan serios problemas de descomposición social como la prostitución y la drogadicción.

Respecto a las relaciones laborales, las violaciones alcanzan su estado más abominable. Los testimonios narran una serie de casos de despidos; el irrespeto a los derechos de los trabajadores; represión sindical y gran número de líderes sindicalistas asesinados. Muchos testimonios dejaron al descubierto los vínculos de las empresas con grupos paramilitares, actuando como verdaderos brazos armados de las transnacionales, encargados de neutralizar y aniquilar la actividad sindical.

Las prácticas aquí abordadas fueron reveladas durante las declaraciones tomadas de las acusaciones contra las empresas UNIÓN FENOSA y ENDESA, a través de testimonios y documentos que revelan un procedimiento uniforme, estratégicamente planeado.                                  

Sector de Agua Potable y Saneamiento Básico

En el sector de agua potable y de saneamiento básico, la realidad de las privatizaciones sigue el mismo criterio del sector energético. La precarización del sector es acrecentada por un componente de extrema gravedad, ya que el agua es un bien vital para la humanidad, circunstancia que por sí misma debería repeler cualquier idea de privatización. La situación revelada en la audiencia, a través de los testimonios y las pruebas documentales, confirma el riesgo para la humanidad con la entrega de los nacimientos de agua a las empresas privadas internacionales. La precarización del servicio fue denunciada repetidamente en varios procedimientos de personas oriundas de diversas regiones del país. En algunos casos, el agua es desviada de la población y destinada a las industrias, revelando un cruel criterio en la distribución de los servicios, basado exclusivamente en el lucro. Muy grave es también la estrategia de estigmatización de las poblaciones ancestrales que se oponen a las obras que afectan al medio ambiente, imputándoles, por parte de la empresa, la condición de guerrilleros, para así justificar el uso de la violencia contra estas poblaciones que reclaman justos derechos. Un caso dramático de este gènero fue denunciado en la audiencia, acusando a la empresa METROAGUA por tales comportamientos contra la población de Taganga, en el departamento del Magdalena.  

El complejo acusatorio en contra de la empresa SUEZ - AGUAS DE BARCELONA, no se contrapone con las demás imputaciones. Se señaló la práctica de presionar a determinadas capas del Estado para conseguir la subvaloración de las empresas públicas de suministro de agua, logrando la posterior adquisición de dichas empresas públicas a bajo costo y mediante préstamos de parte del Banco Interamericano de Desarrollo –BID- y el Banco Mundial, préstamos avalados por el gobierno colombiano y pagados por la población usuaria mediante el aumento del impuesto predial. Por otra parte, posteriormente a la adquisición, la nueva empresa pasó a exigir a los trabajadores su desafiliación al sindicato y a impulsar retiros en masa de trabajadores.

Sector de las Telecomunicaciones

En la misma línea de violaciones, la empresa Telefónica no se ciñó ni siquiera a las reglas de conducta exigibles en una economía de mercado, imponiendo prácticas monopolísticas y dando también su contribución a ese elevado costo social que sufren los usuarios como secuela de la estrategia comercial practicada por las transnacionales en Colombia. En cuanto a las relaciones laborales, además de los retiros forzados de trabajadores, la introducción de esta empresa en Cali, según testimonios documentados que fueron aportados a la audiencia, vino acompañada de un gravísimo episodio, en el que tuvo una participación directa el gobierno colombiano a través de la denominada “Operación Dragón”, orquestada por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, entidad que a su vez contrató a la empresa internacional Consultoría Integrada Latinoamericana –CIL-, para realizar labores de inteligencia con miras a desarrollar un plan de exterminio de líderes sindicales, defensores de derechos humanos y líderes sociales de la ciudad de Cali, que desarrollaban la labor de defensa de las Empresas Públicas de Cali –EMCALI-.  Las pruebas presentadas a la audiencia dan cuenta de que esta operación fue coordinada desde las altas esferas del gobierno colombiano, como ministros, altos funcionarios y miembros activos del ejército.

Sector de los Servicios Ambientales

No es menos grave la situación del medio ambiente en Colombia, que sufre un constante acoso de las empresas trasnacionales cuyo dominio tecnológico trata de someter a sus intereses la rica biodiversidad. La privatización del sector fue denunciada a través de contratos de explotación turística, otorgando concesiones para explotar los parques nacionales, afectando a las poblaciones ancestrales, como una apropiación no autorizada de conocimientos tradicionales. En la audiencia fue acusada la empresa Aviatur TQ3 de violar la legislación colombiana al explorar comercialmente varios parques nacionales y de expulsar a los pueblos ancestrales de las localidades que habitan.

El Gobierno Nacional y el Banco Interamericano de Desarrollo –BID-

El Estado Colombiano descuida sus obligaciones constitucionales al promover la privatización de los servicios públicos, acarreando una serie de violaciones de los Derechos Humanos, denunciados en esta audiencia del Tribunal Permanente de los Pueblos. Sus acciones lo colocan en deuda con la comunidad internacional. La deuda del Estado Colombiano solamente será superada con una acción contundente y eficaz contra las empresas trasnacionales que explotan los servicios esenciales en el territorio nacional con miras a restablecer la verdad, realizar la justicia y alcanzar la reparación de todas las víctimas.

Los derechos violados son inalienables, teniendo en cuenta que forman parte de una clase de derechos universalmente reconocidos y su debilitamiento está prohibido a los Estados nacionales, los cuales tampoco pueden escudarse en conceptos arcaicos de soberanía, que ya fueron reformulados  en  la  Carta de las Naciones Unidas de 1948.

El Estado Colombiano y el Banco Interamericano de Desarrollo –BID-, conjuntamente con las empresas transnacionales acusadas en esta audiencia, violaron varias normas que pertenecen al Derecho Internacional de los Derechos Humanos, todas ratificadas por el Estado Colombiano e incorporadas en el derecho interno con valor de Norma Constitucional, según lo dispone el artículo 93 de la Constitución Nacional de Colombia.

La Declaración Universal de los Derechos Humanos garantiza en sus artículos 22 y 27, el acceso universal al progreso científico y a sus beneficios como forma de desarrollo humano.

La Declaración sobre el Derecho al Desarrollo de 1986, en su artículo 1º, afirma el desarrollo humano como un derecho inalienable que implica una plena realización de los pueblos en su autodeterminación. El mismo instrumento internacional garantiza, en su artículo 2º, el derecho de los pueblos a participar activamente en su desarrollo y  atribuye a todos la responsabilidad por el desarrollo individual y colectivo. Por fin, en su artículo 5º, obliga al Estado a eliminar las violaciones masivas, las prácticas colonialistas y la dominación extranjera.

El Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, en sus artículos 1º, 2º y 3º, reafirma el derecho a la autodeterminación de los pueblos y a la libre disposición de sus riquezas, imponiendo al Estado obligaciones para asegurar su efectividad, norma repetida en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, en su artículo 1º. Este mismo instrumento, en sus artículos 7º y 8º también garantiza el pleno goce de las condiciones justas y de la libre actividad sindical. La misma garantía de libertad sindical fue establecida por el Pacto de San José de Costa Rica en su artículo 16.

Las obligaciones de las empresas transnacionales y del Banco Interamericano de Desarrollo –BID- no son distintas a la de los Estados, ni diferentes a los compromisos internacionales frente a los Derechos Humanos, porque estas normas obligan no solamente a los Estados partes, sino también a las empresas, que pueden ser responsabilizadas y llamadas a reparación.

Las violaciones señaladas a las disposiciones constitucionales e  internacionales citadas demuestran la gravedad de las conductas llevadas a cabo  por los actores que fueron acusados en esta audiencia, exigiendo esfuerzos de todos para superar esta situación, lo que solamente será alcanzado con justicia, verdad y reparación. 

CONSIDERACIONES GENERALES DEL JURADO

Todas las acusaciones y testimonios que fueron presentados ante el jurado durante los dos días de la audiencia, tuvieron como marco y base común una política de privatización de los servicios públicos, la cual se evidencia como una de las políticas centrales de los últimos gobiernos colombianos y muy especialmente del actual Presidente Álvaro Uribe Vélez.

Para el jurado es muy clara la relación existente entre el acceso a los servicios de agua, electricidad, comunicaciones y protección del medio ambiente, con la satisfacción de las necesidades más básicas del ser humano, como son las de alimentación, vivienda, trabajo, salud y educación, lo cual hace de los servicios públicos mencionados parámetros fundamentales de la calidad de vida, y así lo han asumido los organismos  intergubernamentales que tratan de evaluar las políticas y estrategias de los gobiernos sobre el trasfondo de sus compromisos internacionales con la vigencia de los derechos humanos.

Cuando la gestión de los servicios públicos es asumida de cara a su relación ineludible con las necesidades básicas del ser humano y a los estándares de su calidad de vida, dicha gestión debe centrarse en políticas de ampliación de cobertura y ponerse como metas imperativas el acceso del conjunto de la población a dichos servicios, diseñando políticas tarifarias para las capas sociales que por su condición económica no pueden acceder fácilmente a su disfrute. La relación ineludible entre el acceso a dichos servicios y la calidad de vida, hace imperativa una gestión democrática de esos servicios, con intensos controles por parte de la comunidad. Nadie podría ignorar, por lo tanto, que entregar la gestión de dichos servicios a capitales privados cuyo principio rector es la rentabilidad, constituye una política que se coloca  en el reverso de la naturaleza misma de dichos servicios públicos y la raíz de conflictos sociales ineludibles, dado que el principio de rentabilidad es en esencia excluyente e incompatible con las políticas de universalización de la cobertura, postuladas por la comunidad internacional.  

Lo anterior explica que las empresas transnacionales que han ido substituyendo al Estado en la gestión de los servicios públicos entren en conflicto con las poblaciones de usuarios que se sienten progresivamente excluidas de dichos servicios en razón de la dinámica misma de la rentabilidad, exclusión que se va proyectando progresivamente en normas internas y reglamentos, cuando no en leyes y decretos estatales, en los cuales se desconocen incluso los derechos de los usuarios dentro de los parámetros de cualquier derecho comercial. En la medida en que los conflictos entre empresas, usuarios y poblaciones excluidas se agudizan, las empresas le van dando importancia creciente a sus problemas de seguridad, en lo cual invierten significativos recursos económicos y políticos. Por ello muchas de las denuncias que el jurado recibió revelan relaciones de dichas empresas con las fuerzas militares del Estado, con el poder judicial, con los organismos de inteligencia y con estructuras paramilitares, relaciones que miran a garantizar la seguridad de sus inversiones y de su personal directivo.

Los efectos más visibles del sometimiento de los servicios públicos al principio rector de la rentabilidad, entregando su gestión a empresas privadas transnacionales, se miden por el conflicto creciente que enfrentan dichas empresas con sus propios trabajadores, con las poblaciones de usuarios y con la misma naturaleza, en su afán de rapiña de los recursos naturales. Ante el jurado fueron presentadas numerosas denuncias que se tipifican como  grave violación de los derechos laborales y sindicales más fundamentales y que evidencian una política generalizada por parte de dichas empresas, con plena aquiescencia del gobierno colombiano, de eliminar las estructuras sindicales y de proceder a despidos masivos de trabajadores que son substituidos a través de formas indirectas de vinculación laboral en las cuales se diluya o desaparezca la responsabilidad de la empresa principal. La resistencia de las víctimas a dichas políticas, en no pocas ocasiones ha sido enfrentada con diversas formas de persecución que se materializan en amenazas de muerte, montajes judiciales, ejecuciones extrajudiciales, desapariciones forzadas, secuestros y extorsiones y campañas de estigmatización. Igual suerte han corrido no pocos dirigentes de movimientos sociales que se han opuesto a las políticas excluyentes de las empresas. El jurado y los asistentes a la audiencia contemplamos estremecidos imágenes fílmicas de la brutalidad policial, con prácticas de tortura, con que se quiso acallar la protesta de los trabajadores de la empresa Aguas de Cartagena, en momentos en que la transnacional Aguas de Barcelona afirmaba su dominio sobre el personal de la antigua empresa, luego de comprarla. El jurado tuvo acceso también a documentos que obran en dependencias de la justicia colombiana que revelan vínculos de los directivos de la transnacional Unión Fenosa con estructuras paramilitares a las cuales se atribuyen asesinatos y diversas formas de persecución a los sindicalistas. También tuvo acceso a documentos que revelan la participación de altos funcionarios del Estado colombiano y de empresas transnacionales de consultoría, en el diseño de la “Operación Dragón”, que a todas luces buscaba eliminar a líderes sindicales y sociales e incluso a un miembro del Parlamento colombiano, para poder privatizar las Empresas Municipales de Cali –EMCALI-.

El jurado ha quedado profundamente impresionado por la impunidad reinante en el país, la cual opera como anillo de protección a las violencias antes mencionadas. Numerosos casos documentados fueron presentados ante el jurado, en los cuales se comprueba que la violación flagrante de derechos laborales y sindicales, así como la perpetración de crímenes de lesa humanidad, han sido conductas denunciadas ante organismos judiciales, sin que después de muchos años haya sanción alguna para los responsables ni reparación de los daños causados. Aún más, fueron denunciados varios casos en los cuales los mismos funcionarios judiciales que se negaron a hacer justicia a las víctimas, luego aceptaron formar parte de tribunales de arbitraje o aceptaron cargos de asesoría a las empresas violadoras. Todo esto se produce en un contexto socio político caracterizado por políticas estatales que consagran niveles escandalosos de impunidad para quienes, luego de actuar durante muchas décadas en estructuras paramilitares que perpetraron muchos millares de crímenes estremecedores, se convierten en beneficiarios de procedimientos judiciales y penas excepcionales de privilegio, allanándoles el camino para que en muy pocos años controlen el poder político gracias a las fortunas descomunales que construyeron con sus crímenes. 

DETERMINACIÓN DE LAS RESPONSABILIDADES

Por las razones anteriores, invocando la carta de Argel sobre los Derechos de los Pueblos, así como las disposiciones constitucionales e internacionales citadas anteriormente; considerando suficientemente convincentes los testimonios y documentos que sustentan las acusaciones contra las empresas que se citan a continuación, así como la responsabilidad del Estado colombiano, y en la convicción de que la violación de los derechos aquí mencionados constituye un atentado contra la conciencia común de la humanidad y concierne a todos los pueblos, el Tribunal resuelve:

I
Los hechos denunciados, avalados por pruebas documentales y testimoniales cuya valoración hemos hecho anteriormente, nos permiten sostener la acusación y solicitar al pleno del Tribunal Permanente de los Pueblos que tendrá lugar el próximo mes de julio en Colombia, la condena de:

 1.- La empresa UNIÓN FENOSA por los siguientes cargos:
 -Violación de los derechos de los consumidores que sufren continuas interrupciones de suministro de energía, y cuando se retrasan solamente cinco días en el pago se les corta dicho suministro so pena de no restablecerse el servicio hasta tanto no cancelen la multa impuesta por la empresa.
 -Gravísima violación de los derechos sindicales de los trabajadores llegando a la planificación de la violencia en contra de los dirigentes sindicales. Un documento de las empresas Eletrocosta y Electricaribe (filiales de Unión Fenosa), fechado en 2001, estigmatiza al 50% de los sindicalistas adscribiéndolos a grupos insurgentes. Esto explica la muerte violenta a que han sido sometidos, por parte de estructuras paramilitares, al menos 8 sindicalistas del sector eléctrico entre 2000 y 2005, el último de los cuales fue ADÁN ALBERTO PACHECO, asesinado el  2 de mayo de 2005. También se han registrado más de 60 amenazas de muerte que persisten en la actualidad. La consecuencia de esa política es que en pocos años la afiliación sindical de los trabajadores de la empresa ha disminuido ostensiblemente: la planta de personal cobijada por convenciones colectivas del sector eléctrico de la Costa Caribe en 1998, antes de la sustitución patronal que prepararía la compra por Unión Fenosa en 2000, incluía a 4.372 trabajadores, planta que en 2007 sólo incluía a 1604 trabajadores, pero desde 2003 Unión Fenosa presiona con el despido de otros 673 trabajadores, haciendo renunciar a múltiples derechos a los trabajadores subsistentes para evitar este último despido masivo.
 -Grave violación al derecho a la vida de trabajadores y usuarios por falta de suficientes medidas de seguridad industrial, mal estado de las redes eléctricas por falta de mantenimiento, traduciéndose todo ello en un elevado número de muertes por electrocución. Aunque no hay estadísticas precisas de accidentes fatales por electrocución, un documento aportado a la audiencia refería 25 muertes por electrocución en un solo barrio de Barranquilla (Barrio Siete de Abril) en menos de 7 años. Otro documento aportado a la audiencia y fechado el pasado 1 de marzo de 2008, relataba que en los hospitales de Barranquilla en los últimos 18 meses se han atendido 26 casos de personas víctimas de graves quemaduras por electrocución.
 -Graves atentados al medio ambiente, especialmente en los casos de la construcción de los embalses de ANCHICAYA y SALVAJINA
 -Desplazamiento forzado de las poblaciones campesinas por motivo de la construcción de los embalses citados, con la connivencia de fuerzas militares y de los temidos grupos paramilitares conocidos como ÁGUILAS NEGRAS y NUEVA GENERACIÓN.

 2.- La empresa CANAL ISABEL II por los siguientes cargos:
  - Violación de los derechos de los consumidores a los que les llega a cobrar sin prestar el servicio mediante la aplicación fraudulenta del artículo 154 de la Ley 142 de 1994 (Ley de Servicios Públicos Domiciliarios) y el incumplimiento de la sentencia de la Corte Suprema de Justicia proferida el día 17 de Septiembre de 1997.
 - Graves atentados medioambientales con vertimientos de elementos contaminantes a las bahías de Santa Marta y Taganga con influencia en el Parque Tayrona, y la construcción de una planta de tratamiento de residuos a escasos metros del la playa, de tal forma que impide la industria piscícola y arruina a los pescadores tradicionales, atentado que muy probablemente ha influido también en el aumento de las muertes por cáncer, las que en el último año ascendieron a  12.
 
3. La empresa ENDESA por los siguientes cargos:
 - Grave violación de los derechos laborales de sus trabajadores, obligados a realizar jornadas de hasta 17 horas, lo que es una de las causas más importantes de los elevados índices de siniestralidad industrial de los trabajadores de dicha empresa, sin que, por otra parte, se les abonen las horas extras laboradas. Concretamente, en el año 2005 cuatro trabajadores murieron al instalar un poste sin las medidas de seguridad adecuadas y el quinto quedó gravemente herido, siendo objeto de acoso laboral al volver a su trabajo y finalmente despedido. Así mismo, entre 1998 y 2000 se eliminaron 2.900 puestos de trabajo a través de despidos masivos y retiros voluntarios, consecuencia directa de una política de deslaborización que ha conducido a que en la actualidad casi el 80% de la mano de obra que emplea la empresa no está vinculada a ella por contrato de trabajo sino a empresas proveedoras de servicios a salarios muy inferiores. Así, hoy día la empresa CODENSA, filial de ENDESA, tiene vinculados a 944 trabajadores directos y a 5785 trabajadores subcontratados a través de empresas contratistas, en una proporción de 6 trabajadores subcontratados por  1 trabajador contratado.
 
4. La Empresa AGUAS DE BARCELONA (SUEZ) por los siguientes cargos:
- Gravísima violación de derechos laborales y sindicales a partir de la adquisición de la empresa AGUAS DE CARTAGENA por parte de AGUAS DE BARCELONA en 1995, la cual se inauguró con un desalojo violento de los trabajadores que ocupaban los centros de trabajo por parte de la fuerza pública. En 1996, tras el despido de 46 afiliados a SINTRAEMSDES, la empresa impulsó la constitución de un sindicato patronal llamado “Sintracuacar”. En 1997 fue despedido  el Presidente de SINTRAEMSDES, y a partir de entonces se creó un clima de intimidación que los trabajadores llegaron a calificar como los "viernes de terror", pues con frecuencia eran despedidos ese día de la semana al terminar la jornada de trabajo.

 5. La Empresa TELEFÓNICA por los siguientes cargos:
- Gravísima violación de los derechos de libertad sindical, mediante campaña de despidos y amenazas a dirigentes sindicales, lo que ha conducido a que mientras en Argentina existe un 91% de tasa de sindicalización en la empresa TELEFÓNICA , en Colombia es nula. Todo comenzó con un despido masivo, en 2003, de los trabajadores de TELEBUCARAMANGA que se habían concentrado media hora al final de la jornada para protestar por no haber cobrado un plus salarial. Posteriormente, en el año 2006, MOVISTAR despidió a un grupo de trabajadores que pretendían constituir un sindicato en la empresa. En general, la política anti-sindical de la nueva empresa ha llevado a la pérdida, en sólo 3 años, del 96% de los afiliados a la Unión Sindical de Trabajadores de las Comunicaciones –USTC- y ello ha conducido a que la actividad sindical en la empresa TELEFÓNICA se tenga que desarrollar en la más estricta clandestinidad.
 
6. Al ESTADO COLOMBIANO por los siguientes cargos:
- No cumplir con la obligación fundamental de todo Estado cual es la de garantizar la vida y la integridad física de sus ciudadanos. Al Tribunal le ha quedado constancia de numerosos asesinatos (muchos de ellos en la persona de líderes sindicales, sociales y de comunidades indígenas y afrodescendientes) asociados todos ellos a episodios de conflictividad social, especialmente en los casos de oposición a la privatización de empresas o al desplazamiento de indígenas, campesinos y otros pobladores afectados. Todos estos asesinatos son atribuibles en su materialidad a actores paramilitares, cuando no directamente ejecutados por el aparato estatal, quedando la mayoría de ellos en la más absoluta impunidad. Así, en  2004 se planificó la llamada "Operación Dragón" en la que intervino una alta funcionaria del gobierno (Superintendente de Servicios Públicos), encaminada al asesinato del líder sindical LUIS HERNÁNDEZ MONROY, y del ex Presidente de SINTRAEMCALI y hoy senador de oposición, ALEXANDER LÓPEZ MAYA, así como de la Defensora de Derechos Humanos y otrora asesora de SINTRAEMCALI BERENICE CELEYTA ALAYÓN, operación que pudo ser abortada pero en cuyo marco  se buscaba recolectar información para determinar las posiciones políticas, costumbres, actividades y especialmente el grado de vulnerabilidad de los desplazamientos cotidianos de las personas antes aludidas. Sí se consumó, en cambio, el asesinato de otros líderes sindicales y sociales ya citados precedentemente, como los sindicalistas de SINTRAELECOL vinculados a empresas filiales de UNIÓN FENOSA; los opositores a la militarización del Páramo de Sumapaz;  la directora del Parque Tayrona, MARTHA LUCÍA HERNÁNDEZ TURRIAGO (asesinada el 29 de enero de 2004 por agentes del reconocido líder paramilitar Hernán Giraldo, quien la tildaba de “comunista” por no someterse a sus exigencias de desviar los recursos del Parque a las arcas paramilitares); el líder sindical de SINTRAEMSIRVA, CARLOS ALBERTO CHICAÍZA, el sindicalista de TELECOM, JOAQUÍN MARÍA CAICEDO, asesinado en 1992, entre otros.
- Funcionamiento ineficaz y antidemocrático del aparato policial y judicial, que por una parte permite la impunidad de los crímenes antes citados y, por otra parte, en muy pocas ocasiones atiende favorablemente las justas demandas de trabajadores despedidos, de líderes amenazados, de población desplazada o de indemnizaciones a los familiares de las víctimas.
- Deterioro consciente de los servicios públicos para justificar las privatizaciones de las empresas encargadas de los mismos,  que se entregan a empresas multinacionales a bajo costo, sin garantizar la correcta prestación de dichos servicios y sin evitar la subida abusiva de las tarifas y, en definitiva, comprometiendo la soberanía del país, cuyos recursos esenciales quedan en manos del capital extranjero.
  - Atentados ecológicos y medioambientales implicados en la construcción de las represas de ANCHICAYÁ  y SALVAJINA, debido al vertimiento de lodos de alto grado de toxicidad a los ríos, provocando la extinción de especies vivas de río, la impotabilidad de las aguas, y con ello la proliferación de enfermedades infecciosas y  la desaparición de prácticas ancestrales de producción agrícola, todo lo cual genera a su vez desplazamientos de poblaciones afectadas por esas consecuencias.
- Por otra parte, es condenable la política de concesión a empresas turísticas de la explotación comercial de zonas de áreas protegidas sin garantizar los derechos de la población preexistente, como ha ocurrido con las poblaciones aledañas al Parque Nacional Natural de los Nevados y al Parque Tayrona.

II
Comunicar el presente dictamen a las organizaciones sindicales, a los pueblos indígenas y comunidades urbanas y campesinas que han sufrido los impactos de la acción destructiva de las transnacionales y a las organizaciones solidarias con las anteriores. Igualmente a las organizaciones  académicas y estudiantiles, a la Fiscalía General de la Nación,  a las altas Cortes y organismos de control del Estado colombiano, a las redes de comunicación alternativa y medios masivos de información; a la Comisión y la Corte Interamericanas de Derechos Humanos, la Oficina de la Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, la Corte Penal Internacional; a las empresas acusadas, sus casas matrices y los Estados donde tienen sus sedes.

III

Expresar su solidaridad y reconocimiento al dolor de las víctimas y apoyar vivamente su lucha por la verdad, la justicia, la reparación integral, el restablecimiento de los derechos conculcados y la garantía de que los crímenes no se repitan.

MANUEL RAMÓN ALARCÓN CARACUEL
Presidente de la audiencia

JOAO RICARDO DOS SANTOS COSTA
Juez

CARLOS OLAYA
Conjuez

Bogota, 8, 9 y 10 de marzo de 2008