SINALTRAINAL

Sindicato Nacional de Trabajadores del Sistema Agroalimentario

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Last updateJue, 27 Sep 2018 9am

Convención Colectiva de Trabajo en Ciplas S.A.S.

Convención Colectiva de Trabajo en Ciplas S.A.S.En fecha 16 de Octubre de 2014, los árbitros de Sinaltrainal, Ciplas y un Tercero escogido por sorteo, integraron el Tribunal de Arbitramento y emitieron el Laudo Arbitral que por ley es equivale a la Convención Colectiva de Trabajo y regirá las relaciones laborales. 

Como resultado del pliego de peticiones que Sinaltrainal presento a Ciplas, hoy obtenemos la Convención Colectiva de Trabajo que a diferencia del pacto colectivo, es ley para las partes. Es decir, el pacto colectivo impuesto por la empresa, no representa una obligatoriedad y bajo el concepto de mera liberalidad, puede eliminarlo o quitar derechos de los trabajadores. 

Lo consagrado en la Convención Colectiva o Laudo Arbitral, no puede ser eliminado de forma unilateral por Ciplas y en caso que intentará hacerlo tendrá que agotar un procedimiento legal, al cual Sinaltrainal tiene la capacidad de oponerse y evitar que se roben los derechos de los trabajadores. 

La Convención Colectiva de Trabajo o Laudo Arbitral reconocen la igualdad de derechos a los afiliados a Sinaltrainal  y crea nuevos derechos colectivos.   

Hemos derrotado a la administración de Ciplas y las campañas que realizaron para hacer creer que Sinaltrainal no tenía derecho a negociar el pliego, obstruyeron la negociación, intentaron enredar la convocatoria del Tribunal, presentando apelaciones, reposiciones y desinformaron a los trabajadores, pero fue más poderosa la persistencia de los trabajadores sindicalizados y con la Convención Colectiva de Trabajo que hoy tenemos, demostramos que si es posible conquistar nuestros derechos y las cosas no son como le ha querido hacer creer la empresa a algunos trabajadores. 

Afiliarse a Sinaltrainal y la negociación colectiva son derechos que protege la constitución, la OIT, la Carta Universal de Derechos Humanos y la misma legislación de Colombia. 

El Tribunal de Arbitramento estaba obligado por ley a adoptar decisiones en equidad, mejoramiento de las condiciones de los trabajadores, teniendo en cuenta el pliego de peticiones, la sustentación y documentación presentada por Sinaltrainal. 

En la Convención Colectiva o Laudo Arbitral se reconoce el principio de igualdad de los trabajadores, impidiéndole a la empresa usar la discriminación entre afiliados a Sinaltrainal y no sindicalizados, reconociendo lo establecido en el pacto. 

Según la Convención, adicional a la ley, la empresa ahora está obligada a otorgar permisos y auxilio sindical, de esa forma podemos realizar las actividades para representar y hacer valer los derechos de los trabajadores, se reconoce el incremento del salario, los auxilios de anteojos, matrimonio, defunción, incapacidades, maternidad, actividades deportivas, refrigerio, kit escolar, becas escolares, vacaciones, aporte al fondo de empleados para vivienda, medicamentos, cartelera sindical y vigencia que posibilita hacer nuevamente el procedimiento para presentar el próximo pliego de peticiones y seguir mejorando los derechos de los trabajadores. 

Exigimos a Ciplas, que cese la sucia campañas de desinformación, con las cuales tratan de hacer creer que los permisos para los trabajadores y todos los derechos son perdidas, o lo expresado por ignorantes como el sujeto Igal, diciéndole a los trabajadores no sindicalizados que SINALTRAINAL no tiene futuro, queriendo dar a entender que no deben sindicalizarse. 

Exigimos a la administración de Ciplas no usar la colocación de cámaras, para violar la intimidad, vigilar y perseguir a los trabajadores y tratar de hacer sucios montajes . 

Denunciamos a ANDRES MEZA, por su conducta antisindical, que cuestiona y presionando los trabajadores. 

Exigimos que no sigan colocando maquinas en el tercer piso de la empresa Ciplas, elevando las temperaturas, contaminando y creando condiciones insalubres de trabajo y riesgo para la salud de los trabajadores. 

Exigimos a la empresa instalar extractores o ventiladores incrustados en la pared y no abrir huecos en la parte de costura, debe haber una adecuada circulación de aire para proteger la salud de los trabajadores. 

La Convención Colectiva de Sinaltrainal en Ciplas, constituye un primer paso en el camino que decidimos recorrer los trabajadores,  para conquistar más y suficientes derechos que nos permitan mejorar las condiciones de vida de nuestras familias. 

SINALTRAINAL, felicita a todos los trabajadores que respaldaron este proceso de negociación colectiva que hoy hace posible haber conquistado la Convención Colectiva de Trabajo y los invitamos a seguir movilizándonos y denunciando la empresa para que respete nuestra dignidad y derechos laborales. 

Viva Nuestra Convención Colectiva de trabajo en Ciplas S.A.S.

 Por Trabajo Digno en Ciplas  Sinaltrainal Presente