Cia. Nal. de Chocolates S.A.S.

Sinaltrainal firma convención colectiva con CNCH

Sinaltrainal firma convención colectiva con CNCHEl 11 de noviembre de 2014, firmamos una nueva convención colectiva de trabajo con la  Compañía Nacional de Chocolates S.A.S., que mejora las condiciones de trabajo y de vida de compañeros que laboran para esta empresa de Comercial Nutresa del Grupo Empresarial Antioqueño GEA.

Con el acuerdo rompimos el deseo del GEA de arrebatarnos derechos conquistados a partir de la denuncia de la convención colectiva efectuada por la empresa –contrapliego-.

Nuestras conquistas:

Elevamos a convención colectiva los beneficios que la empresa otorgó a los trabajadores no sindicalizados a través del pacto colectivo, el que impuso con el fin de vulnerar la libertad sindical, impidiendo el fortalecimiento de Sinaltrainal al interior de las empresas del Grupo GEA.

Pactar estos derechos en nuestra convención colectiva, impide que la empresa los arrebate en el futuro, por imposición a los no sindicalizados.

60 días de permiso remunerado.

20 pasajes aéreos de ida y regreso para cualquier parte del país, para quien el sindicato defina.

En caso de sustitución patronal no se modificaran los contratos de trabajo existentes. 

A partir del 1° de julio de 2014 y para el primer año de vigencia de la Convención Colectiva  de Trabajo, el incremento salarial será del 4,5%, sobre los salarios básicos vigentes al 30 de mayo de 2014. Para el segundo año con la metodología como lo han venido haciendo. 

Por cada año de vigencia de la Convención Colectiva, CNCH reconocerá en el mes de marzo de cada año, la suma de tres (3) salarios mínimos mensuales legales vigentes, por los hijos especiales legítimos o legalmente reconocidos por el trabajador y que dependa económicamente de éste.

 En caso de modificación o mejora de alguna o todas las prestaciones extralegales contenidas en el Pacto Colectivo vigencia 2014-2017, o cualquier otro convenio colectivo, las mismas se entenderán incorporadas y adheridas a la presente Convención Colectiva en iguales condiciones que se otorgaren a los trabajadores acogidos al Pacto. La norma será aplicada en su totalidad y no procederá la aplicación de beneficios parciales.

Conquistamos unos dineros para los gastos de funcionamiento de Sinaltrainal para cada uno de los dos (2) años de la vigencia convencionaly un auxilio especial para cada trabajador por la firma de la Convención.

Este es un nuevo triunfo para la clase obrera, de la familia Sinaltrainal, que beneficia no solo a los trabajadores sino a sus grupos familiares.

Agradecemos la solidaridad de la estructura nacional que contribuyó a este nuevo triunfo de nuestra organización.

 

Comisión Negociadora Sinaltrainal