Acueducto Metropolitano

Tribunal Superior prohíbe al AMB descontar Cuota Sindical

Tribunal Superior del Distrito Judicial, confirma sentencia que prohíbe al Acueducto Metropolitano de Bucaramanga descontar la cuota sindical a los afiliados de Sinaltrainal con destino a Sintraemsdes y ordena su devolución 

El 13 de Febrero de 2018, l@s magistrad@s de la Sala Laboral, del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga, resolvió la impugnación interpuesta por Sintraemsdes, contra la Sentencia del 17 de Enero de 2018, emitida por el Juzgado Cuarto Laboral del circuito de Bucaramanga, en el trámite de acción de tutela promovida contra el Juzgado Tercero Municipal de Pequeñas Causas Laborales de Bucaramanga. 

El Tribunal consideró que el Juez actuó correctamente ante los problemas jurídicos planteados y se ajustó a la garantía constitucional y ratificó la decisión del Juez Tercero Municipal de Pequeñas Causas Laborales de Bucaramanga, que definió que un Sindicato por ser mayoritario no tiene exclusividad y derecho de actuar sobre trabajadores afiliados a Sinaltrainal que laboran en el Acueducto Metropolitano de Bucaramanga y cada Sindicato, así sea minoritario tiene el derecho de la autonomía sindical, a tener su propia representación y representar a sus afiliados, el derecho de negociación y aclara que Sinaltrainal es titular de su propia Convención Colectiva de Trabajo en el Acueducto Metropolitano de Bucaramanga y ésta no puede ser modificada por otro Sindicato y los cambios que otro sindicato haga de sus derechos convencionales no comprometen la Convención Colectiva de Trabajo de Sinaltrainal. 

El Tribunal deja en firme la decisión del Juez Tercero Municipal de Pequeñas Causas Laborales de la ciudad de Bucaramanga, que dentro del proceso ordinario de única instancia, en su fallo del 25 de septiembre de 2017, ordenó al Acueducto Metropolitano de Bucaramanga suspender el descuento de las cuotas sindicales de los afiliados de Sinaltrainal con destino a Sintraemsdes y hacerles solo el descuento de la cuota sindical con destino a Sinaltrainal y condenó a Sintraemsdes a hacer la devolución de los dineros descontados ilegalmente desde el 1 de septiembre de 2012, a los afiliados de Sinaltrainal Edgar Martínez y Josefina Martínez y pagar las costas conjuntamente con el  Acueducto Metropolitano de Bucaramanga. 

El Tribunal Superior, precisó que el Laudo Arbitral puso fin al conflicto y tiene carácter de Convención Colectiva de Trabajo y en cuanto a las condiciones de trabajo, concluye que en el Acueducto Metropolitano de Bucaramanga coexisten dos Convenciones Colectivas de Trabajo, la Suscrita con Sintraemsdes y la Suscrita con Sinaltrainal como resultado del Laudo Arbitral, con la posibilidad para el trabajador de beneficiarse de la que más le favorezca. 

Luego de un largo tiempo y soportando campañas de desinformación, presiones, negación de sus derechos y perjuicios económicos, se ha hecho Justicia para los trabajadores al servicio del Acueducto Metropolitano de Bucaramanga afiliados a Sinaltrainal. 

Sintraemsdes y el Acueducto Metropolitano de Bucaramanga están obligados a no seguir descontando ilegalmente las cuotas sindicales a los afiliados de Sinaltrainal  y Sintraemsdes debía hacer la devolución de los salarios retenidos y como no quisieron respetar la orden del Juez y prefirieron seguir gastando millones de pesos de los trabajadores en procesos legales, Sinaltrainal por medio de sus afiliados, recurrieron al Proceso Legal Ejecutivo y los millones de pesos que fueron ilegalmente retenidos por los directivos de Sintraemsdes, el Juez los descontó directamente de la cuenta de Sintraemsdes, demostrando que los errores y la terquedad de unos pocos, no tiene por qué afectar al conjunto de trabajadores. 

Sinaltrainal

20 de febrero de 2018