Acueducto Metropolitano

Termina Etapa de Arreglo Directo de la NegociaciĆ³n del Pliego de Peticiones

 
De acuerdo  con el procedimiento legal, el conflicto colectivo tendrá que ser resuelto por un Tribunal de Arbitramento, que estará conformado por tres árbitros, uno en representación de Sinaltrainal, uno en representación de la empresa y un tercero elegido por el Ministerio de la Protección Social.

Dentro de los términos legales, el día 6 de Marzo de 2011, se realizó la asamblea de afiliados de Sinaltrainal, se votó la convocatoria del Tribunal de Arbitramento y se eligió el arbitro que nos representara en esta instancia.
Ahora siguen los trámites ante el Ministerio de la Protección Social, para que el Ministro de esta cartera, dentro de sus facultades convoque el Tribunal para que se resuelva este conflicto colectivo, mediante Laudo Arbitral.

Al interior del Acueducto Metropolitano de Bucaramanga S.A.E.S.P., existe ya una convención firmada con otra organización sindical, pero esto no es impedimento legal para que de acuerdo con los pronunciamientos de la Corte Constitucional, se reconozca el derecho de negociación a todos los sindicatos existentes en el Acueducto Metropolitano de Bucaramanga S.A.E.S.P., con esas facultades legales hicimos la denuncia de la Convención Colectiva de Trabajo el 9 de Diciembre de 2010 y presentamos el pliego de peticiones, el Ministerio de la Protección Social se pronuncio  y la empresa fue obligada a sentarse con Sinaltrainal a negociar y surtió efecto legal la etapa de arreglo directo.

La ley define que en una empresa solo puede existir una convención, pero en este caso, como ha sucedido en otras empresas donde existen varios sindicatos,  el Laudo Arbitral se integra a la convención existente y tendrá el mismo efecto legal.

Recordamos que el año pasado Sinaltrainal, presento a Sintraemsdes una carta proponiéndole negociar conjuntamente y no fue aceptado,  por esa razón y facultados legalmente presentamos el pliego.

Nuestro proceso de negociación colectiva, no interfiere para nada con el proceso de Sinbtraemsdes, ni depende de este, los dos casos son autónomos e independientes y los dos sindicatos tienen el mismo derecho.

Saludamos a los compañeros de Sintraemsdes y los felicitamos por su acuerdo convencional y por ahora seguimos en conflicto colectivo con la patronal para logar nuestro acuerdo colectivo.  

Sinaltrainal Presente
Viva Nuestro Justo Pliego de Peticiones